Normativas universitarias de estudios generales y médicos en sus primeros 500 años. Siglos XII-XVII

Jesús Manuel Rodríguez Ramírez1

Resumen

Los estudios universitarios comenzaron formalmente en el siglo XII, con los cuatro estudios básicos de la época: Artes, Derecho Canónico, Jurisprudencia y Medicina. Federico Barbarroja en 1155 y el Papa Gregorio IX tomaron algunas normas con que se establecieron las primeras universidades en el siglo XII, y estructuraron la manera en que se manejarían las universidades, con algunos privilegios, libertades, y el modo de cómo debía darse la enseñanza en los estudios que allí se hicieren, con particularidades para Medicina pues debía cursarse previamente Artes, con el Trivio, el Cuadrivio, y el latín que era la lengua en la que en esa época los intelectuales, diplomáticos y gobernantes se expresaban verbalmente o mediante escritos. Lo propio hizo el Rey español Alfonso el Sabio con la institución salmantina, a la cual le adicionó otras concesiones y contribuyó a que fuese más adelante, el sitio hacia donde se dirigiría el Papado y los gobernantes para consultas de alto nivel. Las universidades hispanoamericanas nacidas a partir del siglo XVI contaron con la experiencia y bagaje jurídico de Salamanca y Alcalá de Henares para la elaboración de su propio Ordenamiento en sus inicios coloniales, con un manejo institucional basado en un organigrama preestablecido conformado por profesores –seglares o no- y dirigido por la Iglesia.

Palabras clave: Ordenamiento, universidades europeas, Medicina.


Abstract

Ordering of European and Spanish American University medical education. Centuries XII-XVII

University studies formally began in the twelfth century with four basic studies: Arts, Canon Law, Jurisprudence and Medicine. Federico Barbarroja in 1155 and Pope Gregorio IX took some rules with which the first universities were established in the 12th century, and structured the way in which universities would be managed, with some autonomic principles, and how the teaching should be given in the studies that were done there and among which were those of Medicine, that, although it did not have the same category with respect to Theology or Jurisprudence, also had to surpass the previous study of Arts with the Trivio and Quadrivio, and the learning of Latin which was the language in which at that time, the intellectuals, diplomats and rulers expressed themselves verbally or through writings. The same made King Alfonso the Wise with the salmantinian institution, to which he added other concessions and contributed to that it was later, the site towards which the Papado would be directed and governments for high level consultations. Hispanic American universities born in and after the 16th century, counted on the experience and legal baggage of Salamanca and Alcalá de Henares for the elaboration of its own Ordering in its colonial beginnings, with an institutional management based on a pre-established organizational chart conformed by professors - secular or not - and directed by the Church.

Keys words Ordering, European universities, Medicine.


  1. Doctor en Ciencias, Profesor Asociado, Cátedra de Anatomía Normal, Director de la Escuela de Medicina José María Vargas, Universidad Central de Venezuela, Caracas.

Introducción

Educación superior, es decir, para formar profesionales con fundamentación teórica -general y específica- y práctica, la hubo desde hace mucho tiempo aunque no como la que hoy llamamos universitaria; datos históricos hay acerca de grupos de enseñanza de ciencias y religión en el Lejano Oriente (brahmánicos, budistas), y en el Mediterráneo en torno a maestros reconocidos: de Pitágoras en el siglo -VI, los sofistas como Protágoras en Atenas dos siglos más tarde -que fueron los primeros en cobrar por enseñar y que organizaron los estudios iniciales de las siete artes liberales en Trívium y Quadrivium- (1), las escuelas en torno a los tres más conocidos filósofos clásicos –ligados a la práctica médica-: Sócrates primeramente, después Platón y Aristóteles que introdujeron el uso de un espacio físico fijo para la enseñanza -respectivamente, la Academia y el Gimnasio junto al templo de Apolo Liceo-, y el último, el método científico que aún perdura; también tres siglos AC, existió la Escuela de Alejandría de Ptolomeo Soter y Euclides, los romanos, cuyas hordas al mando de Julio César en el año 48 destruyeron su biblioteca, abrieron varias escuelas jurídicas, otras instituciones fueron apareciendo, bien por parte de las nuevas naciones surgidas de la fragmentación del imperio romano, o por parte de los nuevos emplazamientos musulmanes en Europa que ocuparon parte de ella hasta fines del renacentista siglo XV.

Los siglos XVI-XVII fueron tiempos complejo por luchas en Europa para mantener el poder o para acrecentar dominios por herencia o de facto, había dificultades entre aliados por conflictos de intereses debido a los emparentamientos entre las monarquías, hechos bajo la figura de matrimonios por conveniencia política y observando el “Derecho divino de los Reyes”; también ocurrieron cambios en los cuales se planteó a gran escala la normatización de la actuación de los gobernantes ante sus vasallos, expresada en la Revolución Inglesa de 1689 con su Bill of Rights. Aparece la filosofía moderna remplazando poco a poco al escolasticismo con cabida a muchos pensadores de la época: se usó ampliamente el texto Novum Organum por Francis Bacon (editado en 1620) en el cual la deducción científica de los clásicos enfrentó sin éxito al nuevo paradigma inductivo, e imperó el racionalismo desde la publicación del “Discurso del método” de 1637, por René Descartes, con las ideas innatas, el razonamiento y la duda científica, ampliadas por Leibniz y Malebranche; por otra parte, se introdujo el empirismo lockeano acerca de cómo el conocimiento venía de la experimentación, apoyado luego por Berkeley y Hume; las opiniones de Spinoza acerca de que el método científico debería aplicarse a textos religiosos, las reflexiones de De La Bruyére acerca de las personalidades de esa centuria, editadas en 1688 bajo el título “Los caracteres”: las universidades fueron impactadas por ese nuevo interés por el conocimiento y hubo de renovarse sus programaciones.

La enseñanza médica tiene antecedentes de gran importancia previos a la creación de universidades. En Grecia antigua, hubo lugares de enseñanza en Epidauro, Cnido, Cos, Esmirna, tratando siempre a la enfermedad como decisión de dioses y o demonios. Hacia el siglo -VI se construyeron los Asclepeion, edificaciones dedicadas a venerar a Asclepio, curar enfermedades y formar médicos; uno de ellos fue dirigido por un matemático, Pitágoras, en Crotona, quien acogió la idea de las alteraciones de salud como producto de un desequilibrio natural; su obra inspiró a Alcmeón, en la misma ciudad, quien desarrolló la escuela médica local y atribuyó como causantes de enfermedad a los desequilibrios entre dulce y amargo, resequedad, humedad, calor y frío; Empédocles pocos años después emitió su teoría de los cuatro elementos (tierra, fuego, aire y agua) y de dos cualidades (amor y odio) con todos en equilibrio para mantener el estado natural de las cosas incluyendo la salud.

Hipócrates (460-370 AC) en Cos, aprendió en la escuela local y de su padre que era médico, y enseñó a sus descendientes y otros que se le unieron con ese fin, desarrolló el paradigma ya conocido y que perduró durante casi un milenio de que las enfermedades eran producto del desequilibrio de los cuatro humores fundamentales (flema –fría y húmeda, relacionada con el aire-, bilis negra –fría y seca, relacionada con la tierra-, bilis amarilla –caliente y seca, relacionada con el calor-, y sangre –caliente y húmeda, relacionada con el agua-), promovió la investigación médica, la observancia estricta de principios morales en su práctica y la actuación médica como profesión.

En otras ciudades griegas también se organizaron estos estudios: Corinto, Pérgamo, Laodicea; en Alejandría se comenzó a enseñar de manera permanente anatomía y fisiología pues Herófilo y Erasístrato disecaban cadáveres. Al sustituir Roma a Grecia en el Poder europeo, instituyó medidas de saneamiento ambiental como disponer de agua en las comunidades, baños públicos y drenaje de aguas servidas; también a la construcción de edificaciones dedicadas al tratamiento y recuperación de soldados heridos o enfermos, dado que la principal fuente de la economía romana era el pillaje a los vencidos; y finalmente, establecieron normativas tanto para la práctica médica como para su enseñanza, ésta última siguiendo generalmente la tendencia metódica o atomista, basada en postulados de Demócrito. En esos inicios, destaca la figura de Celso, luego, la de Galeno en el año 162 cuando se estableció en Roma y se dedicó a su ejercicio y a la formación médica, aunque hubo de abandonar las disecciones cadavéricas humanas que hacía en Oriente, ya que había una prohibición establecida.

A finales de la Alta o Temprana Edad Media (siglos V-X), se procuró crear escuelas monacales en los conventos, tanto claustrales como seculares (particularmente desde el siglo VIII), luego las episcopales o capitulares, y después las palatinas o palaciegas; en Salerno se creó una escuela médica que ha perdurado desde el siglo IX hasta hoy; se empezó a certificar por escrito (por autoridades reales, eclesiásticas o ambas) la facultad de poder enseñar por manejar suficientemente un conocimiento, en forma de diplomas de pergamino, en Bagdad y Córdoba en ese siglo y en Toledo en el siguiente (año 988).

La creciente complejización de la sociedad en la Baja o Tardía Edad Media (siglos XI al XV), los cambios demográficos, el interés de las personas por el conocimiento, la lucha por el poder entre Iglesia y Monarquía, la necesidad de disponer de personal capacitado para los nuevos cargos que requerían de conocimientos específicos, y el hecho de que era preciso contar con legislación civil que normara la vida diaria (legislación romana retomada), prepararon el camino para la aparición de las universidades en el siglo XI (2).

Universidades

Las escuelas de estudios superiores al principio se limitaban a temas para formación sacerdotal, unas en monasterios y otras en catedrales, de donde tomaron sus apelativos (monásticas y catedralicias, sus maestros se denominaban “escolásticos”), y a las que empezaron a acudir personas no dedicadas a la espiritualidad con la finalidad de instruirse pues sus tópicos se ampliaron en torno a famosos maestros que incluyeron conocimientos con aplicabilidad directa; la sociedad necesitaba cada vez más de seglares capacitados por lo cual esas instituciones fueron paulatinamente siendo acogidas, creadas o financiadas por jerarcas reales o de la Iglesia desde el siglo XII, con la denominación de “estudios generales”, con permiso para recibir alumnos de cualquier parte, y formar profesionales en las facultades que se especificaban: Artes liberales (eran siete: Gramática, Retórica, Dialéctica o Lógica, Aritmética, Música, Geometría y Astronomía), Jurisprudencia, Teología y Medicina; y tener profesores especializados en cada una de las mismas, el ejemplo clásico es París, iniciada en el año 1150. Medicina nació a partir de una de las cátedras de la Facultad de Artes (Física), por lo cual la denominación clásica de los graduados, no era médicos, sino físicos (3).

También se formaron comunidades de estudios en las que eran los estudiantes los que decidían su administración y, por tanto, contrataban a los profesores que les era menester en esas universidades escolares (Bolonia, año 1089); en otros casos, eran los profesores sus administradores (universidades magistrales); otras enseñaban sin tener constituidos estudios generales pero que luego se incorporaron a ellos, como Salerno, que tenía enseñanza médica formal desde los 800´s. Unas se centraron más en estudios teológicos (la de París, que luego se tornó más laica) y otras en jurídicos (Bolonia, al principio no ligada al Papado). En todo caso, desde el siglo XII, la Iglesia legisló de manera casi completa casi todo el proceso educativo de la época –pues también servían para afincar principios religiosos cristianos, y la desobediencia a los dogmas religiosos se comenzó a penalizar, como herejía, con la muerte-, con seis grandes grupos de leyes y códigos de obligatoria observancia, en los que se observan elementos que hoy conocemos como de autonomía universitaria, con un sesgo hacia Derecho y Medicina por ser ocupaciones consideradas solamente lucrativas, aunque necesarias; en la centuria siguiente, se formaron corporaciones de la comunidad universitaria, para lograr y defender sus derechos ante la Iglesia y Corona (4). A estos dos modelos de universidades señalados, se le adicionó, a principios del siglo XIX, el alemán, basado en descentralización e investigación científica autónoma de profesores con aprendices alrededor de los mismos; y el francés bonapartista, que era fragmentado en Escuelas, centralizado, dependiente del Gobierno en todo sentido, y sin autonomía de cátedra (5).

Desde un principio gozaron cursantes y profesores de dispensas y privilegios tanto fiscales como de movilidad o de deberes militares, o en justicia tanto civil como eclesiástica; también permiso para no acudir a alguna o a todas las clases como forma de protesta estudiantil o incluso, emigración por tales causas a otras instituciones; Federico Barbarroja en 1155 fue el primer monarca que redactó y aplicó normativas escritas a las nacientes instituciones de estudios superiores, mediante su Privilegium scholasticum o Constitución Imperial Authentica habita, en la cual se establecieron posibilidad de migración libre por razones de enseñanza o de aprendizaje, y las mismas consideraciones e inmunidades y privilegios previstos en leyes para eclesiásticos -aunque bajo normas superficiales como uso de sotana-, responsabilidad jurídica personal y no del colectivo, grupo o nacionalidad; y sanciones con juicio previo universitario o diocesano y no de jueces civiles (6).

Las Artes eran el primer paso para estudiar cualquiera de las demás –equivalen actualmente al bachillerato-, plenas de pensamiento aristotélico, su contenido era los ya conocidos desde Grecia Antigua: trívium (retórica, gramática y dialéctica) y quadrivium (astronomía, aritmética, geometría y música) y luego se le adicionó la Filosofía; duraba tres años y había que presentar una tesis para obtener el grado. Todas las facultades fueron incorporando exámenes de suficiencia en su parte final, lo cual significó una merma en la influencia religiosa para aprobaciones pues quedaban estas en manos de profesores, aunque los grados sí los otorgasen aquellos (7).

En el siglo XIII, Gregorio IX (Papa entre 1227 y 1241) ratificó los tres grados académicos de bachiller, licenciado para enseñar y doctor, popularizó -como equivalente a corporación o asociación de cursantes y profesores- el término “universidad” en los Estudios Generales, y mediante la Bula Parens Scientiarium en el año 1231 (redactada por Gofredo de Poitiers y Guillermo de Auxerre), estableció –para los de París y por extensión, para los demás previo estudio- condiciones de otorgamiento de licencia para enseñar, y otros elementos tempranos de autonomía universitaria como secreto de información, libertad de escogencia de métodos de enseñanza, y posibilidad de las instituciones darse su propia reglamentación de funcionamiento incluso penales, como se aprecia en uno de sus apartes: “En cuanto al resto, es verdad que el mal se desliza fácilmente allí donde reina el desorden; os otorgamos el poder para establecer constituciones y reglamentos sabios sobre los métodos y los horarios de las clases, sobre las discusiones, sobre las festividades, las ceremonias funerarias, sobre los bachilleres, quién debe darles las lecciones, en qué horario y que autor escoger; sobre los impuestos de los abogados y la prohibición de ciertas casas; y el poder de castigar como se hace a quien se rebela contra las constituciones y reglamentos y expulsarlos (…)”.

A la enseñanza médica la trató de manera específica en cuanto a modo de evaluación de sus maestros y de admitir cursantes: “Para los médicos, los artistas y los demás, el canciller prometerá examinar lealmente a los maestros y admitir a las personas dignas y excluir a las indignas”. Tres décadas después, la comunidad de estudiantes y profesores o studium de París, recibió formalmente el nombre –ya usado ocasionalmente antes- de universitas magistrorum et scholarium Parisiensis(8). Los procedimientos quirúrgicos no eran oficio de médicos al principio, por lo que no se había podido resolver los problemas de él derivados: sangramiento, dolor, infecciones, cicatrizaciones.

En el Nuevo Mundo, no fue usual que los gobiernos de los colonizadores europeos crearan instituciones de educación superior, tal fue el caso de portugueses, franceses y holandeses; en el caso de ingleses las universidades creadas desde el siglo XVII (Harvard) y XVIII (Yale, Princeton, Columbia, Rhode Island, etc.) fueron más por iniciativas locales de sus pobladores que por su Madre Patria. España si lo hizo, a pesar de su gran atraso científico respecto al resto del Viejo Mundo, procurando tener allí también formación de médicos; de las tres Universidades Mayores españolas (Salamanca, Alcalá de Henares y Valladolid), el bagaje jurídico inicial universitario colonial estuvo ligado, más que con la alcalina, con el de la institución salmantina, acorde a diferentes mandatos reales y papales para universidades en Lima (9,10), México (11,12), Santo Domingo (13), Santafé de Bogotá (14), Caracas, etc.

Universidad de Salamanca

En España los Estudios Generales se iniciaron en Palencia, fundados entre 1208 y 1214 por Alfonso VIII; en 1218, Alfonso IX fundó el Estudio General de Salamanca, a partir de una Escuela Catedralicia (15) centrada en estudios jurídicos y con gran influencia por parte de estudiantes – como la de Bolonia-, Fernando III (“el Santo”) la colocó bajo su protección mediante Real Cédula de Valladolid del 6 de abril de 1243 (16), y Real Cédula de Sevilla del 12 de marzo de 1252 (17), también Alfonso X (“el Sabio”) con las reales cédulas de Badajoz del 9 y 10 de noviembre de 1252 (18), y la de Toledo del 8 de mayo de 1254 en donde le otorgó su Carta Magna (19) en respuesta a planteamientos de esa comunidad denominándola universidad, regulando su avituallamiento, las relaciones con el vecindario, y estableciéndole 11 cátedras, dos de ellas en la facultad de Física, que era como se denominaba también a la de Medicina (20).

En ese documento se definió a los Estudios Generales como unión voluntaria de maestros y escolares, con finalidad de aprender los saberes, por lo cual los locales (no itinerantes) debían estar ubicados en sitios apacibles y ser hermosos y cómodos, con metodología basada en lecturas y comentarios de autores, con protección real y exoneración de impuestos, con honras y privilegios para profesores que al retirarse eran ennoblecidos, y con aplicación de justicia de manera interna salvo homicidios. En esa época, a los únicos profesionales a quienes se exigía examen de suficiencia o un título para ejercer, eran a los abogados y a los médicos (21).

Así como la Patrística fue importante hasta el final de la Edad Antigua (hasta el año 476 DC), la Escolástica –predominantemente aristotélica- fue la forma de pensamiento dominante de la Media, es decir, vida y ciencia con razón y fe, o lo que es lo mismo, Filosofía para comprender la Teología, ésta última prevaleciendo sobre aquélla, ejecutada por la autoridad eclesiástica ya que todo el conocimiento procedía de Dios: por esta causa, la enseñanza en esos tiempos se basó en lo que leía e interpretaba el maestro, a lo que se le adicionó la posibilidad de discusión con los alumnos acerca de lo estudiado, lo cual indica que la Escolástica, que no hacía uso de la investigación (empirismo) en sí, terminó promoviéndola al incentivar los cuestionamientos de los temas tratados. Los estudios médicos hasta fines del siglo XVIII utilizaron esta forma de enseñanza.

En el año siguiente, mediante tres bulas (6 de abril, 15 de julio y 22 de septiembre de 1255), el Papa Alejandro IV confirmó esos Estudios Generales, autorizó uso de un sello y le dio validez universal a sus títulos otorgados incluso a los de médicos (22). En los años y siglos posteriores, continuaron elaborándose instrumentos jurídicos tanto reales como eclesiásticos en favor de ésta Institución, manteniéndola a nivel de las de Alcalá de Henares y de Valladolid (23).

El cargo de Canciller o Cancelario era importante por ser el representante del Vaticano en la Universidad, concedía los grados mayores y tenía poder espiritual absoluto sobre todos; el de Maestrescuela –también un sacerdote- se ocupaban de cursantes de estudios religiosos y de inspeccionar las instituciones educativas, con frecuencia, el Cancelario era el Maestrescuela (24). Los estudios universitarios tenían entonces gran influencia eclesiástica, de la monarquía y de instituciones dedicadas al control poblacional, como la Inquisición. Había lucha entre el poder temporal y el eclesiástico por el control de las universidades, por eso, cada uno de esos sectores se interesó en otorgar a sus miembros, privilegios diversos; la Iglesia además tenía conflictos internos entre el poder papal y el de los sacerdotes locales; de todas esas contradicciones se valieron estudiantes y profesores para ir labrando tanto libertad como autonomía universitaria que más adelante se perfiló en algunas de sus actividades.

Al declive del Escolasticismo como forma de pensamiento y método de estudio, se introdujo el período de la Segunda Escolástica o Escolástica Española, entre los siglos XV y XVI, dominada totalmente por los jesuitas y dominicos, y en la cual la razón recuperó terreno, lo que permitió el desarrollo del Derecho Natural y de Gentes de la época. De los conflictos que hubo entre monarcas hispanos y la Compañía de Jesús, dependió que en algunos años se usasen sus obras y fuesen profesores, y en otros, estuviesen proscritos, beneficiándose de ello los dominicos, que a su vez tenían el control del Santo Oficio. Las universidades hispanoamericanas entonces se desarrollaron bajo esta Segunda Escolástica, y en plena Ilustración, es decir, incorporando principios de seglarismo, ciencia, filosofía, y deseos de adquirir conocimiento o de crearlo sin guías dogmáticas.

Salamanca se convirtió en la Universidad consultada por papas y reyes, los cuales decidieron que las universidades creadas en el Nuevo Mundo a partir del siglo XVI se rigiesen en base a sus normativas; sin embargo, hubo modificaciones basadas en necesidades locales según la realidad de cada emplazamiento universitario; aunque los profesores eran quienes decidían quiénes estaban aptos para recibir su licencia y quienes no, al final ésta era otorgada por los cancelarios o maestrescuelas, es decir, no necesariamente por religiosos borlados.

Los estudios salmantinos de Medicina incluían obras del griego Hipócrates (Corpus hipocrático, escrito por él y alumnos de su Escuela), del persa Ibn Sina o Avicena (Canon de Medicina y otros libros propios o traducidos), de Galeno de Pérgamo (Sobre el arte de la curación, Sobre el diagnóstico de los sueños, De los preparados y los poderes de los remedios simples), y de Constantino el Africano (que tradujo muchas obras médicas del persa, árabe, griego y otras lenguas orientales); el método de enseñanza consistía en lectura por el profesor, seguida de cuestionamiento por la parte estudiantil y finalmente de conclusión. Varios de los adelantos en Medicina se discutían y enseñaban en las nacientes corporaciones científicas iniciadas desde el siglo XVII: las academias de ciencias como la de Londres (1660), de París (1666), la Regia Sociedad Médica de Sevilla (1697), etc. Llama la atención que ni en Salamanca ni en el resto de España se enseñó Anatomía o Fisiología como ya se hacía en otros sitios, sino ocasionalmente, hasta ya entrado el siglo XIX, a pesar de estar disponible, de Van Wesel (Vesalio) su afamado texto “Sobre la estructura del cuerpo humano”, en el que corrigió muchos errores anatómicos de la obra de Galeno porque diseccionó cadáveres de humanos y no de simios.

Hispanoamérica

La creación de estas instituciones allende los mares era una necesidad real -para la administración de esos dominios a los cuales los peninsulares en general no querían trasladarse- y eclesiástica -para catequizar a los nativos y defender el poder de la Iglesia en el Nuevo Mundo-. En 1538 el Papa Pablo III estableció la primera universidad hispanoamericana, en Santo Domingo, con el nombre de Santo Tomás de Aquino y con toda la normativa de las Universidades de Alcalá y Salamanca (25). A pesar de que todas nacieron por diligencias de la comunidad y luego autorización real y de la Iglesia, fueron en su gran mayoría instituciones precarias tanto por medios para su mantenimiento en un nivel aceptable como por escasez de profesores calificados, afectaba también la baja cultura local y, finalmente, eran muy vigiladas las actuaciones institucionales tanto por parte de la Corona como por parte religiosa, defendiendo los primeros que no prosperasen ideas separatistas y los segundos, los intereses eclesiásticos: por esta razón, muchas veces no pudieron incorporar a sus clases, tópicos científicos o filosóficos de amplia difusión en Europa, y no hubo un interés en estudios experimentales; es decir, las universidades hispanoamericanas no fueron generadoras de conocimiento nuevo, sino formadoras de recursos humanos capacitados.

Hubo universidades mayores (oficiales, dependientes de la Corona), y menores (religiosas, a cargo de la Iglesia), de las primeras solo lo fueron la de Lima y la de México; facultades mayores (casi todas) y una menor (Artes o Filosofía), y cátedras mayores (otorgadas vitaliciamente), menores (por tiempo preestablecido) y esporádicas. Más adelante, hubo cambios en esto, con denominación de mayores solo a las religiosas (Teología y Cánones). Las imprentas al principio en Hispanoamérica (la primera en México), tenían una finalidad específica: editar literatura religiosa, posteriormente comenzaron las impresiones de textos y otras publicaciones (26). Finalmente, la salud pública, a pesar de que aparecía en el entramado del Estado, no era prioridad de los gobiernos de turno, y solo aparecían algunas menciones insuficientes acerca de la misma en las normas de funcionamiento de los Protomedicatos coloniales.

Palabras finales

Los estudios universitarios se acepta comienzan formalmente en el siglo XII, con los cuatro estudios básicos de la época: Artes, Derecho Canónico, Jurisprudencia y Medicina. Federico Barbarroja en 1155 como figura del Poder Temporal, es quien primero escribe sus normativas, seguido luego por el Papa Gregorio IX quien, tomando en cuenta aquellas, estructuró en la siguiente centuria, la manera en que por el Poder Eclesiástico se manejarían las universidades, ambas autoridades previeron algunos principios autonómicos, y el modo de cómo debía darse la enseñanza en los estudios que allí se hicieren y entre los cuales se encontraba los de Medicina, que, aunque no tenía la misma categoría respecto a Teología o Jurisprudencia, también debía superarse el previo estudio de Artes con el Trivio y el Quadrivio, y el aprendizaje del latín que era la lengua en la que en esa época los intelectuales, diplomáticos y gobernantes se expresaban verbalmente o mediante escritos. Lo propio hizo el Rey Alfonso el Sabio con la institución salmantina, a la cual le adicionó otras concesiones y contribuyó a que fuese más adelante, el sitio hacia donde se dirigiría el Papado y los gobernantes para consultas de alto nivel. Las universidades hispanoamericanas nacidas a partir del siglo XVI contaron con la experiencia y bagaje jurídico de Salamanca para la elaboración de su propio Ordenamiento en sus inicios coloniales, con un manejo institucional basado en un organigrama preestablecido conformado por profesores –seglares o no- y dirigido por la Iglesia.

Anexo

Bula Parens scientiarium del Papa Gregorio IX

Elaborada el 2 de abril de 1231 y publicada 11 días después, en la cual se establecieron los primeros lineamientos formales y universales de autonomía universitaria: laborar en paz, representación no solo eclesiástica sino también universitaria en actos legales de la misma, confianza en profesores y alumnos, rechazo a prejuicios personales y de origen, otorgamiento de grados solo por méritos, respeto a la información confidencial personal de miembros de la comunidad universitaria, elaboración de reglamentos de funcionamiento administrativo, penal y académico solo por parte de la universidad, trato digno a maestros y prohibición de porte de armas en su recinto (6).

“Gregorio, obispo, siervo de los siervos de Dios, a sus hijos dilectos, todos los maestros y estudiantes de París, salud y bendiciones apostólicas. París, madre de las ciencias, como otra Cariátide Sepher (4), ciudad de las letras, brilla con un destello precioso, grande sin duda pero que hace esperar más grandes cosas gracias a los que aprenden y a los que enseñan (…) Es por esto que no cabe duda que aquellos que en la dicha ciudad se esfuerzan de alguna manera por enturbiar una gracia tan gloriosa o aquellos que no se oponen claramente y con fuerza a los que la enturbian, desagradarán profundamente a Dios y a los hombres.

Es por esto que, luego de haber considerado atentamente los problemas que nos han sido presentado en relación de la discordia que ha nacido allí por instigación del diablo y de los que obstaculizan gravemente los estudios, asistidos del consejo de nuestros hermanos, hemos pensado que es preferible resolver estos problemas con un reglamento sabio más que con una decisión de carácter judicial. De esta manera, en lo que concierne al estatuto de los estudiantes y las escuelas, hemos decidido que se apliquen las siguientes reglas:

  • Aquél que sea elegido como Canciller de París, deberá, desde el momento de su elección, jurar delante del obispo, o si él lo designa en el capítulo de Paris, en presencia de dos maestros convocados por él y que representen a la Universidad y a los estudiantes, que por la agrupación de la teología y los decretos, lealmente y según su conciencia, no dará la licencia para enseñar más que a hombres dignos en función del lugar y del momento, según los estatutos de la ciudad, el honor y el renombre de las facultades, y que se la negará a los indignos, descartando todos los prejuicios personales y de origen.
  • Antes de otorgar una licencia a quien quiera que sea, dentro de los tres meses a partir de la petición de la licencia, deberá hacerlo examinar con diligencia por todos los maestros en teología presentes en la ciudad y por otras personas honestas y cultivadas, mediante las cuales se pueda conocer el valor, sus ambiciones y otras cosas que haya que examinar en estas circunstancias.
  • Luego de haberlo así examinado como conviene y parece oportuno y bajo el peso de su conciencia, le dará o negará al candidato la licencia requerida.
  • En cuando a los maestros en teología y en decretos, antes de que comiencen a enseñar, harán un juramento público de observar fielmente las cosas sobredichas. El canciller jurará también de no revelar en ningún caso las intenciones de los maestros en detrimento suyo; la libertad y el derecho de los canónigos de París permanecerán en su rigor inicial.
  • Para los médicos, los artistas y los demás, el canciller prometerá examinar lealmente a los maestros y admitir a las personas dignas y excluir a las indignas.
  • En cuanto al resto, es verdad que el mal se desliza fácilmente allí donde reina el desorden; os otorgamos el poder para establecer constituciones y reglamentos sabios sobre los métodos y los horarios de las clases, sobre las discusiones, sobre las festividades, las ceremonias funerarias, sobre los bachilleres, quién debe darles las lecciones, en qué horario y que autor escoger; sobre los impuestos de los abogados y la prohibición de ciertas casas; y el poder de castigar como se hace a quien se rebela contra las constituciones y reglamentos y expulsarlos (…).
  • Aquél que haya cometido un crimen y sea necesario encarcelarlo, será detenido en la prisión del obispo; le está prohibido al canciller tener una prisión particular. Prohibimos de la misma manera que un estudiante sea arrestado por una deuda ya que esto también está prohibido por los cánones regulares.
  • Ni el obispo, ni su oficial, ni el canciller, deberán dictar penas pecuniarias con el fin de levantar excomuniones o cualquier otra censura. El canciller no deberá exigir a los maestros a los cuales ha otorgado la licencia ningún juramento, ninguna manera de sumisión u otra caución y no reclamará por este acuerdo ninguna suma de dinero u obligación, sino que se contentará con el juramento mencionado más arriba.
  • Prohibimos formalmente que los estudiantes porten armas y que la Universidad defienda a los que perjudican la paz del estudio. Aquellos que fingen ser estudiantes, sin asistir a las clases ni tener maestros no deberán gozar de los privilegios de los estudiantes (…)
  • Que nadie infrinja esta decisión, constitución, concesión, defensa y prohibición y no ose oponerse a ella con audacia temeraria. Y si alguno lo osare y atentare contra ella, que sepa que atraerá sobre si la indignación de Dios todopoderoso y la del bienaventurado Pedro y Pablo apóstoles.

Dado en Letrán, a los dos días de abril, en el quinto año de nuestro pontificado.”

Referencias

  1. Protágoras y Gorgias. Fragmentos y testimonios. José Barrio Gutiérrez, traductor. Ediciones Orbis, S.A. Barcelona, 1985.
  2. Gómez, Galo. La Universidad a través del tiempo. Universidad Iberoamericana.México, 1998. P. 17-61.
  3. Rodríguez-San Pedro Bezares, Luis. Historia de la Universidad de Salamanca. Estructuras y flujos. Volumen II. Universidad de Salamanca, 2000. Pp. 547.
  4. Wischer E. Historia de la literatura. Vol. 2 El mundo medieval. 600-1400. Ediciones Akal. Madrid, 1989. P 169-171.
  5. Cobban A.B. The medieval universities, their development and organization. Ed. Methuen. London, 1975.
  6. Wischer E. Ibíd. P. 169.
  7. Pendi A Iyanga. Historia de la universidad en Europa. Universitat de Valencia. Valencia, 2000.
  8. Bula Parens Scientiarium. Letrán. 2 de abril 1231.
  9. Archivo General de Indias. Real provisión de Carlos V, Valladolid, 12-05-1551. Lima, 566, Lib. 6º de Oficio y parte, Fol. 382 v.
  10. Ibscher Gred. La “Bula de Pío V”. 25-07-1571. Roma. Anales de la Universidad Nacional de San Marcos. 2ª época, Nº 5. Lima, 1951. Pp.: 580-614.
  11. Real Provisión de Felipe, en nombre de Carlos V, Toro, 21-09-1551. En: León-Portilla, M (ed.). Historia Documental de México. Vol. 3, 4ª Ed. UNAM. México, 2013.
  12. Bula de Clemente VIII, Fracasti, 7-10-1595. En: León-Portilla, M. Historia Documental de México. Tomo I. UNAM. México, 1964. Pp. 288-289.
  13. Real cédula de Felipe II, Valladolid, 23-02-1558. En: Utrera, C. Universidad de Santiago de la Paz y de Santo Tomás de Aquino y Seminario conciliar de la ciudad de Santo Domingo de la isla Española. Padres Franciscanos Capuchinos. Santo Domingo, 1932. Pp. 35-38.
  14. Real Cédula de Carlos III, Aranjuez, 03-05-1768. En: Hernández de Alba, G. Analectas del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario. 1653-1953. Editorial Salazar. Rosario, 1953.
  15. Alfonso IX. En: Álvarez Palenzuela, V. Historia de España de la Edad Media. Ed. Ariel. Barcelona, 2007.
  16. Esperabé de Arteaga, E. Historia pragmática e interna de la Universidad de Salamanca. Tomo I. Universidad de Salamanca, 1914. P. 19.
  17. Ibíd., P. 20.
  18. Ibíd., Pp. 20 y 21 respectivamente.
  19. Ibíd., Pp. 21-24.
  20. Rodríguez-San Pedro Bezares, L. Ibíd. Vol. 1. P. 28.
  21. Bernabé Bartolomé Martínez y Fundación Santa María. Historia de la educación en España y América. La educación en la Hispania antigua y medieval. Edics. Morata SM. Madrid, 1992. P. 314.
  22. Beltrán de Heredia. Bulario de la Universidad de Salamanca. Tomo I. Universidad de Salamanca, 1966. Pp. 10, 11 y 15 respectivamente.
  23. Fuente, Vicente de la. Historia de las universidades, colegios y demás establecimientos de enseñanza en España. Tomo I. Imprenta de la viuda e hija de Fuentenebro. Madrid, 1884. P. 89.
  24. Mellado, Francisco de Paula. Enciclopedia moderna: diccionario universal de literatura, ciencias, artes, agricultura, industria y comercio. Establecimiento de Mellado. Madrid, 1855.
  25. Papa Pablo III. Bula Apostolatus Culmine. 28-10-1538. En: Joseph Maier y Richard Whitehead. The Latin American University. Albuquerque, 1979. Pp.: 17-64.
  26. Historia general de España y América. El descubrimiento de los reinos ultramarinos hasta fines del siglo XVI. Tomo VII. Ediciones Rialp. Madrid, 1982.