El Congreso Constituyente de Valencia en 1830 supuso la continuación de la meteórica carrera política del doctor José María Vargas iniciada en el país cuatro años antes cuando actuó brillantemente como Juez de Hecho y luego, en menos de tres meses pasó de iniciarse como Profesor de Anatomía a Rector universitario exitoso. Su elección como Diputado al mismo se dio finalizando su Rectoría, en plena consolidación de sus cátedras y durante la organización por él, de la Sociedad Económica de Amigos del País. Las discusiones en las que participó respetando la integridad de otros países tanto como del propio, de usar la conveniencia y no los principios históricos o de hermanamiento para promover buenas relaciones con Nueva Granada, de darle un enfoque económico y político a la hora de organizar las fuerzas armadas nacionales, el modo con el cual rechazó la impunidad y promovió castigo para todos los delitos siempre y cuando fuesen equivalentes a las faltas, y la manera en la que planteó resolver la carga que representaban los fueros militares indiscriminados, constituyeron maneras prácticas y razonables de superar las inmensas dificultades de un país devastado por la guerra a pesar de haber salido de ella nueve años atrás.
Palabras clave: Venezuela 1830, seguridad nacional, José María Vargas.
The Constituent Congress of Valencia in 1830 marked the continuation of the meteoric political career of Dr. José Maria Vargas started in the country four years before when he acted brilliantly as a Judge of Fact and then, in less than three months he went from beginning as Professor of Anatomy to successful University Rector. His election as Deputy was given by finalizing his Rectory, in full consolidation of his chairs and during the organization by him, of the Economic Society of Friends of the Country. The discussions in which he participated respecting the integrity of other countries as well as his own, to use the convenience and not the historical or twinning principles to promote good relations with New Granada, to give it an economic and political approach when organizing the national armed forces, the manner in which they rejected impunity and promoted punishment for all crimes as long as they were equivalent to the offenses, and the way in which he proposed to resolve the burden that the indiscriminate military jurisdictions represented, constituted practical and reasonable ways to overcome the immense difficulties of a war-torn country despite having left it nine years ago.
Keys words Venezuela 1830, national security, José Maria Vargas.
*Trabajo de incorporación como Individuo de número de la Sociedad Venezolana de Historia de la Medicina.
Después de obtenida la independencia venezolana en la segunda Batalla de Carabobo (1821), el poder político emergente, –como parte de la República de Colombia fundada en Angostura dos años atrás por la unión de Venezuela, Cundinamarca y Quito–, basándose en la Ley Fundamental de la Republica, aprobada allí el 17-12-1819 –parecida en muchos aspectos a la de 1811–, y ratificada en la Constitución de la República de Colombia elaborada en Cúcuta en 1821, instauró un gobierno presidencial nombrado por el Congreso, con ciudadanía censitaria en favor de varones ilustrados y con medios de fortuna, con igualdad ante la Ley, estado centralizado por concentración del Ejecutivo en mando y en Administración (distribución vertical del Poder), y liberal por separación de Poderes Públicos (distribución horizontal del Poder, pasando de un Estado Absoluto a un Estado de Derecho que protege y garantiza la Libertad); la Ley imperando en todos los aspectos de la vida: libertad, igualdad, seguridad y propiedad (con el Estado también supeditado a ella) y con un Presidente como máxima autoridad civil, con un Congreso con poder para controlar al Ejecutivo de manera directa o a través del Consejo de Gobierno, con la soberanía representada por personas electas en comicios oficiales, y con municipalidades consolidadas, es decir, autogestionadas. La idea era, como en todo Estado naciente -por pacto de asociación taxativo o tácito-, organizar el poder y reglamentar su ejercicio -pacto de sujeción-. El país estaba constituido políticamente por provincias, cantones y parroquias; con fines administrativos, se añadían los corregimientos. Los sufragantes parroquiales (censitarios) escogían a los electores del cantón, los que, luego votaban para elegir diputados que, en el Congreso, decidirían sobre quiénes serían las autoridades políticas del nuevo Estado.
La nueva burguesía luego de la independencia fueron buena parte de sus héroes mediante confiscación de tierras y propiedades a realistas y extranjeros que las abandonaron al emigrar en esa época emancipadora, estos nuevos propietarios se acogieron a las costumbres conservadoras de aquellos tiempos para proteger sus intereses constituyéndose en grupos de privilegiados con poder u oligarquías: como de allí salieron varios gobernantes en esas siguientes dos décadas, historiadores como Gil Fortoul catalogaron a tales gobiernos como de conservadores oligarcas –Páez, Soublette, incluso Vargas a pesar de que no tuvo ese origen–; hoy día, al examinar la manera de actuar en gestión pública de cada uno de ellos, no se puede sostener tal afirmación.
El Presidente de la Junta Reguladora –electoral– del circuito de Caracas, Juan de la Madriz, le comunicó a José María Vargas, el 23-06-1829, que había sido elegido Quinto Elector –por cuatro años– del Corregimiento del Cantón Caracas, el 1º de julio ya era cuarto suplente para el Congreso Constituyente (“Admirable”) convocado para el 2 de enero de 1830, como el 4 de diciembre se reportó enfermo el principal, le correspondía a Vargas sustituirle2, no asistió, como la mayoría de los diputados del Departamento de Venezuela, aduciendo problemas de salud aunque su situación ya era conocida desde antes, en efecto, en octubre de 1829 había solicitado permiso al Prefecto Departamental para ausentarse no solo por asuntos personales sino por enfermedad: “… pues estoy padeciendo en estos últimos tiempos continuos dolores de cabeza con peso en los ojos y alguna turbación de la vista, síntomas que me alarman mucho por el temor de una gota serena, y estoy convencido y convienen otros comprofesores que un régimen de vida adecuado y el retiro temporal de toda agitación continua mental como en la que ahora estoy, son los únicos medios de obviar un daño después irreparable y para mi igual a la muerte”3. Ya en diciembre, Vargas, finalizando su período como Rector de la Universidad caraqueña, se encontraba organizando la Sociedad Económica de Amigos del País (SEAP), a petición de presidencial.
El 13 de enero de 1830, mediante Decreto, el General José Antonio Páez, ejerciendo el gobierno provisorio antes citado, convocó a comicios para elegir diputados, a través de asambleas electorales, para un Congreso Constituyente que debía sesionar en Valencia desde ese 30 de abril; estableció la forma de elección y requisitos para ejercer el voto, por demás usuales en esa época: venezolanos casados o mayores de 21 años, vecinos del sector, con propiedades de precio mayor a cien pesos o ejercicio de oficio, profesión, industria útil o comercio, un elector por cada 1000 habitantes y por fracciones en cantones; ellos conformarían asambleas electorales de donde se elegiría a un diputado por cada 15.000 habitantes y fracción.4
La finalidad era elaborar el sustento jurídico y político del nuevo país una vez establecida la separación venezolana de la República de Colombia (Constitución), teniendo como eje central la no centralización del gobierno y otros factores enumerados por el convocante para el paso de Departamento de Venezuela a Estado de Venezuela; el Decreto, luego de algunas palabras introductorias hacia el pueblo, revela la intencionalidad: “Os habéis pronunciado al mismo tiempo porque se establezca en Venezuela un gobierno soberano, popular, representativo, electivo y responsable: y ha sido tal la decisión de vuestros votos, tal la unanimidad con que los habéis emitido, que faltaría a mis deberes para con la patria, si no aceptase el honroso encargo que me habéis hecho de sostenerlos y de hacerlos efectivos, reuniendo el Congreso que ha de sancionar la Constitución de Venezuela.”5
A Caracas le correspondían 11 diputados, Vargas fue electo como uno de ellos, el 4 de abril de 18306; aunque con alguna oposición como lo reveló el propio personaje, en el mes de abril: “Acabo de recibir el oficio del Sr. Dr. Narvarte notificándome el nombramiento de uno de los once diputados para el Congreso, etc. Hay algunos chasqueados que ansiaban por salir y que no pudiendo sufrir que haya sido yo nombrado con otras personas notoriamente del partido de la revolución, se dice que claman contra mi elección.”7
El Congreso de Valencia sesionó en un salón del Hospital de Beneficencia8, desde el 29 de abril, pero en esa y las siguientes cuatro fechas no se pudo instalar por falta de quórum, sino hasta el 6 de mayo de 1830, de 48 diputados electos, asistieron poco más de 2/3 (33), representando a: Apure, Barcelona, Barinas, Caracas, Carabobo, Coro, Cumaná, Guayana, Maracaibo, Margarita y Mérida.9 Se efectuaron sesiones de diversa índole: convencionales la mayoría, algunas sin asistencia del público (secretas) y a veces tanto de día como de noche; eran válidas con dos tercios de asistencia, y con ese mismo número, la aceptación de mociones, y de mayoría absoluta para las reformas de proposiciones ya aprobadas; se clausuró el 14 de octubre de 1830, luego de aprobarse la Constitución el 22 de septiembre.
Este Congreso no solo elaboró la Constitución, pues recibió comunicaciones de todo tipo de la ciudadanía, y decidió sobre diversas materias; además, las Comisiones de trabajo laboraron aparte, y produjeron varios comunicados, decretos y otras medidas. Hubo propietarios influyentes que se quejaron de la petición de la Sociedad Económica de Amigos del País (organizada y presidida por Vargas) de legislar para la protección de prestamistas, lo que fue rechazado por una larga lista de firmantes del pliego que se sentían acusados de agiotismo o de fraude (Tomás Sanavria, Francisco de Gárate, Tomás José Sanavria, Juan de la Madriz, Felipe Fermín Paúl, etc.).10
Vargas contribuyó activamente en la elaboración de esa herramienta jurídica fundamental, con más de un centenar de intervenciones que dieron lugar a más de sesenta participaciones razonadas registradas en las Actas del Congreso Constituyente de 1830, de índole jurídica, económica política y de seguridad, como Miembro de Comisión del Interior (junto con Landa y Febres Cordero) nombrada por el Presidente del Congreso, Francisco Javier Yánez, en la sesión del 6 de mayo11, y como Miembro de la Comisión de Reglamento.12
A los pocos días de iniciadas las reuniones constituyentes, Vargas, junto con José Grau, José María de Tellería, y Juan Joseph Osio, presentó el Reglamento Provisorio para el Gobierno del Estado13; Páez envió su renuncia al Congreso, la misma, elaborada el 8 de mayo, se leyó en Sesión Secreta del 10 de mayo, y se resolvió no admitirla en la ídem del siguiente día; José María Vargas, Landa y Febres Cordero fueron comisionados para redactar nota dirigida al Centauro quien el 27 de mayo se presentó en Valencia y se juramentó como Presidente de la República durante la sesión de ese día, con apoyo de la mayoría de los constituyentes, nuestro personaje entre ellos14; se vivió entonces protestas en varias regiones del centro y oriente del país en contra de la separación de Colombia, en cuya pacificación jugó importante papel el diputado Gral. José T. Monagas15, ausentándose así del Congreso durante un mes16 , lo cual reportó Vargas a J.R. Revenga en esa semana:
“Entretanto, ya U. habrá sabido la revolución de Barlovento desde el pueblo del potrero en que se han aclamado al Gral. Julián Infante (aquel que yo curaba de genitalibus amissis) de Jefe superior civil y militar con un Consejo de Gobierno rissun teneatis amici. La jarana (dicen las comunicaciones) llega desde Calabozo hasta el pueblo de Araguas en Barcelona. Ya el Gral. Monagas ha salido para Barcelona por mar. Cuando se discutía el allanamiento de este Gral. como diputado del Congreso para que el ejecutivo le emplease, uno de los diputados que no creía bien las noticias, decía que todavía no había necesidad de privar al Congreso de un miembro tan importante como este digno Gral., que en caso que los facciosos se organizasen, iría no sólo este Sr., sino todo el Congreso a contenerlo”.17
Sus intervenciones oscilaron entre exponer sus razonamientos por los que no era conveniente la separación de Colombia, razonamientos técnicos para evitar la expulsión del Libertador Simón Bolívar del territorio colombiano18, promoción de la paz entre los nuevos estados separados y evitar aceptar solicitudes de agregarse partes de Nueva Granada al país, manejos administrativos y económicos, poblacionales, política parlamentaria, las milicias y los militares, indultos y amnistías, los grandes temas (libertad de opinión, soberanía), etc.
Como Constituyente, ocupó la Presidencia entre el 6 de julio y el 6 de agosto19. Protestó el 7 de julio por trato ofensivo hacia su persona desde el día anterior: que negaba apelaciones, coartaba opiniones de Representantes, ahogaba la voluntad del Cuerpo, etc., razones dichas por A. Quintero, Picón, Díaz y R. Ayala, con amenazas de este último de llevarlo ante el pueblo, Vargas, expresando que no temía a la opinión pública, se separó de la silla presidencial y pasó al sitio de los demás diputados, exigiendo resolución de esta situación, apoyado por Narvarte y Michelena: “Si se ve que yo he procedido mal, estaré mejor en mi puesto de diputado, donde seguiré trabajando en cuanto pueda a favor de los intereses de la patria”20; esto finalizó el mismo día, tras ser dedicada casi toda la jornada a eso.
Sus palabras de regreso fueron: “Debo confesar que estoy satisfecho. Ahora que el Cuerpo ha declarado que no ha habido arbitrariedad ni coacción, vuelvo a ocupar la silla presidencial con todo el honor que debía tomarla”.21 En todo esto se observa una firme toma de decisiones acorde con su línea de pensamiento apegado a las normas, no planteó renuncia sino que se revisase si su conducta había estado ajustada a los reglamentos. Intentó ser reelegido Presidente el 6 de agosto, pero en la segunda votación, perdió ante Miguel Peña.22
Participó en las largas sesiones efectuadas entre el 6 de mayo y 14 de octubre de 1830, en Valencia; dada la importancia que le daba al trabajo encomendado de redactar la Constitución y de la premura del tiempo, pidió se aumentase el tiempo de dedicación a ello e incluir sesiones nocturnas23, y también, varias veces, que las discusiones debían ceñirse al tema en cuestión y no a diatribas interminables, repetitivas o en las cuales se aludía negativamente al Gral. Bolívar. Lo reportado en las “Actas” evidencia una enorme cantidad de tiempo invertido en comentarios fuera de lugar, y las veces que Vargas llamó al orden sin contrariar a los preopinantes, independientemente de que fuese un diputado más o que ejerciese la Presidencia de ese Congreso24.
A pesar de su conocida posición antiseparatista de Colombia y en favor de la permanencia del General Simón Bolívar en el país, Vargas formó parte de ese Congreso, ya era entonces un personaje tomado en cuenta para la política pues era diputado electo, y su interés era que, ya que serían una república aparte, y que era él poseedor de una amplia cultura y con experiencia política en Puerto Rico, podría contribuir de manera importante con la construcción del nuevo país. Dos años atrás, en marzo de 1828 había elaborado un escrito en la Universidad, en conjunto con otros profesores, en el cual apoyaba, en nombre de la felicidad común, la presencia del Libertador como primer mandatario nacional, y favorecía la no fragmentación de Colombia; para ello, criticó por inadecuada y viciada tanto la política exterior como la interna: “… en fin, una inanición total de los elementos de justicia, de orden y demás virtudes, que sólo pueden poner en acción una mano robusta y formidable en circunstancias tan difíciles.”; luego, desaprobó (en la misma línea de Bolívar) la forma federada por ser aparente causa de pérdida de la Primera República y por ser irrealizable en el país; además apoyó, como ya expresado antes, que el Gral. Simón Bolívar detentase todos los poderes públicos necesarios para la salvación y preservación de la nación.25 Sin embargo, ya en 1830 reconoció que había aceptación pública de la idea de federarse con los otros estados desmembrados de Colombia.
Una vez inauguradas las reuniones, el 19 de mayo de 1830, y con el tema de la posibilidad de conflicto armado con Nueva Granada por no aceptar la separación, Vargas enumeró varias consideraciones por las cuales el mantener la unión y la paz era importante, no solo por mutuos intereses:
“Acá por todas partes se oyen los nombres respetables de aquel pueblo, allá los de este. No somos como las otras poblaciones americanas, porciones antes del español dominio, solo análogas en lenguaje, religión, educación, hábitos, costumbres, leyes; han sido ya identificados después que tomaron el rango nacional. Comunicaciones íntimas, nexos comerciales, amistad, enlaces de familia, una fusión completa de dos pueblos en una forma, hacen un todo de recuerdos gloriosos, de afectos mutuos, de grandeza nacional, de esperanzas halagüeñas, que pertenecen a la historia, que ocupa un lugar entre las otras naciones, que es el ídolo y el honor de los colombianos. ¿Y este todo magnífico ha de hacerse pedazos sin motivos? Cuando no existiese todos debíamos empeñarnos en su formación, porque su sólida estructura, su ligazón nos da existencia nacional respetable, paz, libertad y bien.”26
Agregó razones no de nexos o de búsqueda de la paz, sino de convivencia y de conveniencia que hacían ver lo inapropiado de esa posibilidad armada; por eso aclaró que la guerra no era conveniente solo por sus horrores, sino: “Aun cuando no fuese este temor, los intereses vitales de ambos pueblos mandan que al paso que establezcamos un Gobierno puramente doméstico, que arregle nuestros peculiares intereses, no rompamos las altas relaciones nacionales de Colombia, unida por nexos de fraternidad, de representación política, de comercio y mutuos intereses, de aquellos mismos intereses que estriban sobre la paz, la libertad y demás dones que de ésta emanen.”27 Es decir, defendió con razones utilitarias que separación no debía incluir anulación de las relaciones que, de todo tipo, ambas naciones tenían.
Luego enumeró que los tratados de reconocimiento de independencia con Estados Unidos, Brasil y Gran Bretaña se hicieron con una Colombia unida: “Cuando los Estados Unidos del Norte reconocieron nuestra Independencia, en los fundamentos que tuvo presentes la Comisión de Negocios Extranjeros de la Cámara de Representantes, y que ésta acogió, se hace especial mención de la declaración separada de Venezuela y de la Nueva Granada, y de su unión en la Nación colombiana en 1819, calificándola de una vasta República de tres y aun cuatro millones de almas. ¿Y creemos que estos tratados solemnes y vigentes con las demás naciones pueden seguir ilesos con esta alteración fundamental de las bases sobre que fueron celebrados?”28. También mencionó otros tratados y contratos nacionales y foráneos con garantías hipotecarias en una nación unida, la deuda extranjera con un solo deudor (Colombia), los haberes militares, las indemnizaciones, y los riesgos a que se expone la nación vencedora de vecinos.
Por ello dijo: “…todo queda insubsistente y absolutamente anulado con el completo despedazamiento de las relaciones nacionales de Colombia.”; y luego: “Ni se diga, que la esencia y el valor de estos contratos quedan ilesos continuando las partes por separado en las mismas obligaciones en que estaba el todo, porque la razón natural demuestra cuándo los invalida la separación de los asociados, y cuánto repugna esta disolución las partes concernidas en relaciones de intereses con la sociedad. Pues mucho mayor es la diferencia cuando este caso se aplica a las Naciones, que exigen para enlazar sus intereses ciertas calidades en la representación política y ciertas seguridades de la estabilidad del Gobierno de la Nación que reconocen y con la que celebran sus tratados.”29.
También se refirió a evitar con la disolución, las desavenencias que podían quedar como secuelas luego de disgregado el territorio en naciones distintas siendo vecinas y en estrecho contacto: “¿Qué debemos pues esperar del íntimo contacto de dos pueblos que después de romper sus relaciones fraternales y desunirse enteramente con prevenciones rencorosas, van a transigir graves y enmarañadas cuestiones de interés recíproco, a ajustar sus cuentas y separar su sociedad, sin más árbitro ni más tribunal de conciliación que la espada y el fusil en el campo de batalla?”30.
Opinó luego que era difícil retornar a la vida cotidiana quienes durante mucho tiempo se dedicaban a la guerra, y que quien resultare victorioso no estaba exento de posibles consecuencias: “Abramos el gran libro de la historia de las naciones y hallaremos que siempre que han tenido que hacer la guerra a pueblos vecinos, desde luego que han hecho nacional el espíritu militar y se han embriagado con las glorias de la conquista, ya están preparadas para la coyunda, ya no pueden resistirse a las cadenas del conquistador. La historia de Roma nos presenta a César forjando sus grillos en las Galias, la de Francia muestra a Napoleón encadenándola con sus mismas huestes vencedoras.”31.
Enumeró las consecuencias del desligue colombiano en la seguridad pública: “El buen orden de la Administración de la justicia sufre menoscabo con una separación absoluta; porque en la pronta y fácil transgresión de extensos límites de una Nación vecina, y con disposiciones poco propicias, buscarán los crímenes pronto asilo y segura inmunidad.”32; se refirió también al alto costo de tener puestos de defensa nacional separados pues en caso de desunión, los gastos serían para Venezuela pues era el país por el que podría venir una eventual invasión de reconquista, usando sus extensas costas, en sus palabras aparece también los temores que una fuerza armada numerosa pudiese intervenir en los gobiernos: “…deben guarnecer y defender cada una por su parte esta extensa línea limítrofe, mantener allí ejército, construir puertos de defensa y levantar esos establecimientos militares permanentes que al paso que son onerosos al país, contrarios a su riqueza y moral pública, amenazan sin cesar sus instituciones y asombran su libertad.”33
Finalmente, adujo razones económicas para la no disyunción: “Mas no son estas todas las razones poderosas que impone la conservación de la unión nacional de las diversas Secciones o Estados de Colombia. Sus relaciones recíprocas de comercio interno y externo, fundadas en sus localidades naturales, y hechas necesarias con el transcurso de la unión, y fecundas en promesas de un inmenso bien, van a sufrir una mengua fatal con el despedazamiento de la República” ; y más adelante: “Bien noto que estas relaciones comerciales, pueden quedar arregladas por tratados aun entre naciones distintas. ¿Más podrán existir tan seguras, tan ventajosas, tan imperturbables como lo están sobre la base de únicos intereses nacionales?”35.
Insistió Vargas en que la separación no debía implicar mala vecindad o enemistad: “Si los pueblos de Venezuela se han pronunciado por un Gobierno peculiarmente suyo, que con más certeza asegure los beneficios de esta institución, al paso que presenta un escollo en que se estrellen proyectos ambiciosos que intenten derrocar sus libertades: meditemos bien que este grandioso objeto queda perfectamente satisfecho con su separación del todo central de Colombia, y su erección en un estado distinto; pero que su excisión total de las relaciones nacionales de esta República, sin contribuir en nada a este precioso fin, por el contrario la expone a malograrlo con mengua segura de su representación política, y menoscabo de sus relaciones naturales, de su tranquilidad permanente, paz, defensa, comercio, prosperidad y nombre.”36
Hizo ver que se debería hablar con los próceres que aupaban la guerra con Nueva Granada (tres semanas después se refiere a su figura principal como el Jefe de Vanguardia, Gral. Mariño) para hacerles desistir, hasta incluso por sus propias conveniencias:
“A la presencia imponente de la Nación toda, hágaseles entender, que en el camino real del bien común es en donde únicamente conservarán sus laureles sin marchitarse, porque en él se encargarán de su cuidado los hombres reconocidos; pero que marchando por las erradas sendas de torpes aspiraciones, de un momento a otro aquéllos se convertirán en ciprés que cubra su tumba y su gloria; que aquí no hallarán sino riesgos y oprobio, allí fama inmortal identificada con la libertad, el bienestar y la gloria de los pueblos agradecidos.”37.
Escribió el 28 de mayo de 1830 a José Rafael Revenga: “Después se tomó en consideración la insurrección de los pueblos de Cúcuta, pertenecientes a Pamplona, que desobedeciendo a Bogotá pedían auxilio al Gral. Mariño Jefe de Vanguardia, sobre el Táchira. Este Sr. pedía se le autorizase para intervenir y llevar la guerra al país granadino. Hubo una discusión acalorada, se decidió afortunadamente contra la intervención, y la orden al Gran Mariño de que emplease todos los medios pacíficos, nunca pasase los límites de Venezuela ni diese lugar a un rompimiento.” Y más adelante, en el mismo documento: “U. sabrá que Casanare se sublevó y declaró autoritate qua fungitur su unión a Venezuela, asesinando al Jefe que allí estaba, un tal Carbajal, y un tal Segovia (aquí hubo quien dijera que los mandaban a asegurar con modo pero que por su imprudencia les hicieron sin querer ese perjuicio). Diz que dicen que estos Sres. habían obtenido un hato del estado en arrendamiento y al tiempo de sacarlo del estado de bienes mostrencos ofendieron a los pobrecitos llaneros que se “Después se tomó en consideración la insurrección de los pueblos de Cúcuta, pertenecientes a Pamplona, que desobedeciendo a Bogotá pedían auxilio al Gral. Mariño Jefe de Vanguardia, sobre el Táchira. Este Sr. pedía se le autorizase para intervenir y llevar la guerra al país granadino. Hubo una discusión acalorada, se decidió afortunadamente contra la intervención, y la orden al Gran Mariño de que emplease todos los medios pacíficos, nunca pasase los límites de Venezuela ni diese lugar a un rompimiento.”38
El 2 de junio, Carabaño, Secretario de Estado en el Despacho de Guerra, comunicó al Congreso una carta de Páez en la cual informaba de posible ruptura de paz porque Mariño había penetrado con sus fuerzas en territorio neogranadino, y pedía al Congreso autorización para toma de decisiones sobre el particular39; el 4 de junio, en una Sesión Secreta se trató el problema ocasionado por el citado General pese a las previas indicaciones del Congreso en contrario, y ahora con posible respuesta inminente de confrontación bélica pues a la situación de rechazo de Bogotá por la separación venezolana, ahora se añadía esto; fue propuesto entonces sancionar a este Jefe de Vanguardia, pero Vargas, que ya había antes expresado desconfianza hacia él, solicitó prudencia y privacidad en la discusión, denotando así equidad en sus apreciaciones en aras del prestigio de dicho General:
“El asunto exige un gran secreto, pero yo veo en la cuestión más honor que salvar que males reales que deban evitarse por el Congreso, y digo: primero que debe evitarse la publicidad cuando se trata de censurar la conducta observada por un General que ha traspasado los límites que le ha señalado el Gobierno, y que éste ha demostrado hasta la evidencia haberle impuesto, así como las vías de paz que deban ser adoptadas y que se le han aconsejado. No me parece, pues, deba tratarse en público esta materia.”40
Luego se refirió Vargas a la violación a las normas internacionales de convivencia con este hecho, por lo que, al sancionar al responsable, podría no pasar a mayores todo esto pues desde Bogotá no parecía haber señales de desear confrontación alguna: “Pero pudiendo nosotros salvar este obstáculo desaprobando la conducta del Jefe de Vanguardia, ¿por qué permitir se invada el territorio de la Nueva Granada con ultrajes de los derechos internacionales? Yo creo que no tenemos nada que temer, ni de que arrepentirnos por haber adoptado una medida circunspecta y pacífica, a fin de evitar un rompimiento.”41
Después de consideraciones de otros Diputados en la cual abundó opinión coincidente de ellos y Mariño contra Bolívar, Vargas insistió en la sanción:
“Yo tomo la palabra para hablar sobre la cuestión de emplazamiento que se ha presentado al Congreso. Estoy de acuerdo con lo que ha opinado uno de los señores que han hablado sobre esta materia acerca de la resolución del Congreso en días pasados sobre los auxilios que debían presentarse a los pueblos de la Nueva Granada que los reclamasen de nosotros, y también lo estoy con la prudencia y tino con que se ha conducido el Gobierno en el negocio que nos ocupa; pero si el Congreso no toma en consideración la falta cometida por el Jefe de Vanguardia, perderá una de las ventajas más preciosas, cual es la de lanzarse siempre al bien. Estamos en una época, señor, que, como se ha dicho muy bien por uno de los señores que han hablado, todos quieren mandar y nadie obedecer, y debe ponerse un remedio a este mal, por lo que es mi opinión que este asunto, para tratarlo en la calma de las pasiones, debía pasarse a una Comisión”.42
No obstante lo anterior, en esos días hubo otros hechos que desfavorecían al General Mariño en los cuales Vargas no intervino, como cuando se trató los ascensos que otorgó Mariño sin tener autoridad para eso, por lo que varios rechazaron tales (Soublette, Manuel y Ángel Quintero, Picón)43; Narvarte se sumó a sus críticos citados por su desobediencia de la indicación del Congreso de que no hubiesen fuerzas armadas en las inmediaciones de la ciudad donde sesionaban, medida común en esos tiempos y allí había enviado comisionados con equipo de campaña44; en la Sesión Secreta del 27 de julio, se debatió, sin participación de Vargas como opinante sino dirigiendo como Presidente, una carta de Mariño dirigida al Jefe de Estado en la que tildaba al Congreso de ilegal, deshonroso y precipitado en la disposición de desarme de los Batallones Rifles y Granaderos, misiva que fue duramente condenada por Fortique, Picón, Osío, P.P. Díaz, Manuel y Ángel Quintero, quienes decidieron no contestarla, pues lo que había decidido el Congreso era que no estuviesen armadas, no que se desmovilizaran45. Es decir, que aunque nuestro personaje previamente pidió sancionarlo, lo hizo sin escarnecimiento público, protegiendo su buen nombre, y no utilizó las otras situaciones adversas para continuar contrariándolo.
En la Sesión Secreta del 11 de octubre, volvió a tratarse de la posible confrontación armada entre Nueva Granada y Venezuela en el supuesto caso de que un grupo armado invadiese al país desde allá, Vargas expresó que las acciones estaban previstas en el decreto sobre conspiradores, es decir, no hacía falta la guerra para solucionar eso: “Con qué derecho podría Venezuela agredir a la Nueva Granada sin haber habido una agresión? Ya en el artículo 1º se dice que Venezuela no tomará la iniciativa. ¿Y quién nos ha dicho que la mayoría de la Nueva Granada está por un gobierno despótico? Es preciso estar con los principios en la mano; es menester que Venezuela diga que nunca se meterá en los negocios de otro país”. Finalmente, también expresó que era razonable una respuesta armada en caso de invasión, mas no si se trataba de violencia verbal o escrita: “Ahora, si se tratase de que Venezuela quisiera vengar en la Nueva Granada los insultos hechos allá a nuestra libertad, ello sería una conducta quijotesca; creo que nuestra defensa se hace con más ventaja dentro de nuestro territorio”.46
Ya en las últimas sesiones, no estuvo de acuerdo en disgregarse sin antes elaborar leyes necesarias para el funcionamiento en esa época de riesgo por posible intento de retoma por parte de España de sus ex-territorios de ultramar: “La Constitución podrá ser concluida dentro de tres o cuatro días. Vana empresa, ¿Quedarán algunos señores satisfechos con esto? ¡Qué necios! Creía antes que las leyes de milicia nacional, del ejército permanente, de comandos militares, tres de hacienda, etc., eran tan indispensables que no se podría poner en receso el Congreso sin su promulgación. Más los Sres. diputados quieren ya largarse”.47
En varias sesiones se tocó el punto de la solicitud de algunas regiones de Nueva Granada para unirse al territorio venezolano, reuniones en las que Vargas, invocando varias veces al Derecho de Gentes, desempeñó un papel prudente en contra de tales agregaciones; el 11 de junio expresó que no era la primera vez que había una petición semejante: “No prestamos auxilio a los Valles de Cúcuta por respeto al derecho de gentes, y ahora con mayor razón tampoco aceptaremos a Casanare”; líneas después, recurrió de nuevo a tal derecho internacional: “Las naciones se consolidan y progresan solamente con los Principios de Rígida Justicia; y como he dicho antes de ahora, no es posible sacrificar a consideraciones de interés y de beneficencia un derecho tan definido como el de la no intervención”; después criticó las opiniones de otros diputados, favorables a la agregación, por tener a Bolívar como enemigo común: “¿Es lícito ofender a una nación por odio a un hombre que hoy no ejerce mando alguno?”; cuando las razones de algunos diputados favorables a aceptar a Casanare fueron por las ventajas que Venezuela tendría para invadir a Nueva Granada: “Nadie se atrevería a escribir este motivo en un libro de derecho de gentes. Porque sería establecer como principio, que es bueno todo lo que conviene a nuestra seguridad”; y cuando las razones esgrimidas fueron por conveniencia nacional: “¿Puede entrar en el derecho de gentes, como regla, el irrogar perjuicios a otra nación, por razones de imaginaria conveniencia?”.48
Realmente no profundizó en las causas que aquellos habitantes fronterizos esgrimían para tal solicitud, sino apegado a los derechos de las naciones, así, en la siguiente semana, dijo:
“Yo creo que se ha dicho ya bastante sobre los derechos que pueda tener Venezuela para intervenir en los negocios extraños; y creo también que muy poco o nada se puede añadir sobra la justicia que haya en acoger una agregación que es contra todo el derecho de gentes; pero se alega que esta agregación no es más que provisoria, y yo digo que cuando se trata de principios de justicia, nada hay provisorio que sea bastante a permitirnos el traspasarlos y que nada puede acarrear más funestas consecuencias que desviarse de la senda que ellos nos trazan”. Seguidamente, ironizó sobre aceptar ese territorio por si había guerra entre ambos países, pues entonces convenía más tomar el Departamento de Boyacá; finalmente, insistió: “No hay, pues, otro partido que tomar, sino que no admita el Congreso la agregación de la Provincia de Casanare, y basta con que tratemos con nuestro influjo, y por cuantos medios sean posibles, de que no tengan lugar en Casanare castigo, persecución y venganza por su alzamiento”49.
El día decisivo porque se votaría por la solicitud de agregación, 21 de junio, se refirió a lo que podría suceder en caso de triunfar la tesis de integración: “Si nosotros aceptásemos a Casanare, y Colombia nos declarase la guerra, dejaríamos a ella toda la justicia, pues habríamos cometido una infracción del derecho internacional”. El Congreso votó entonces por la no agregación, mediante votación nominal.50
La actuación de Vargas en materia de Seguridad y Defensa (ejército y milicias) fue primeramente administrativa del ejército nacional, le correspondió hacer un estudio presupuestario del mismo, en el que expuso que una parte de la fuerza armada era financiada por otros estamentos distintos al gobierno central, en su parte final agregó: “Nota.- No se incluyen los gastos eventuales como fábricas del Estado, obras de fortificación, maestranzas de artillería, elementos de guerra, remesas a otros departamentos ni la fuerza al mando del General Mariño que se sostiene de los administradores de Occidente cuyos egresos no bajan de 30.000 pesos mensuales.”51; y se refirió luego a lo innecesario de mantener algunas plazas militares como las existentes en La Guaira y Puerto Cabello, de éste último dijo:
“La existencia de la plaza de Puerto Cabello, como fortaleza causa un gasto no solamente inútil, sino hasta perjudicial al Estado de más de 25.000 pesos mensuales, para no ser más que un punto de apoyo para un enemigo exterior o facción interior por las razones siguientes: para la defensa de este territorio contra un enemigo exterior la naturaleza del interior del país junto con su pobreza brinda demasiadas ventajas para su defensa, y no pudiendo tener fuerzas marítimas por lo muy costosa de su manutención, caería indefectiblemente la plaza de Puerto Cabello al muy breve tiempo en poder del enemigo que nos invadiese, sirviéndole de punto de apoyo para sus demás operaciones y precisamente el más a propósito para hacernos una guerra dilatada, como sucedió hasta la rendición de 1823, porque una vez tomada es muy difícil reunir los elementos necesarios para su recuperación; opino pues que debería arrasarse con el suelo, con la excepción de una pequeña batería en el cerrito para defender la bahía contra cualquier corsario, quedando además una guarnición de cien hombres.”.52
También opinó que el ejército regular debía ser de mínimas proporciones, contando además con la presencia de las milicias, cuya actividad dependía de las necesidades del país, por eso, luego de sugerir el retiro de la milicia auxiliar y la propuesta relativa a Puerto Cabello y La Guaira, escribió: “Admitidos los fundamentos de las tres proposiciones anteriores el restante del ejército debe ser disuelto con excepción de una pequeña fuerza de 500 personas (comprendidas las guarniciones de La Guaira y Puerto Cabello), para la seguridad interior del país y las planas mayores de doce batallones de milicias, quedando las autoridades políticas del país en poder de los empleados civiles sin necesidad de comandos militares.”53
No siendo anti castrense, abogó por mantener el reconocimiento del trabajo de los militares, pero también desprenderse de los vigentes privilegios de ellos sobre civiles y en su lugar, integrarlos dentro de la sociedad para que así formasen parte efectiva de la nación, a tal fin dijo en julio de 1830:
“Nadie me ganará en gratitud hacia el ejército de Colombia, y cada vez que me acuerdo de sus glorias, me jacto y vanaglorio de ser venezolano, pues yo no veo más que acciones y valor. Creo, pues, que es necesario conservar toda la consideración posible a estos heroicos defensores de la patria; es menester meterlos en aquello que exige la conveniencia pública y el honor mismo del ejército, para que sean el apoyo de la libertad y de la felicidad de América. Yo creo que no se consolidará el bienestar de la patria y su gloria, si no se hace que pertenezcan a la nación y que cese esa distinción odiosa entre soldados y ciudadanos, y que, poniéndolos al servicio de la nación, sean el mayor sostén de sus leyes y libertades.”. Negó que la fuerza armada no desee otra cosa que un país libre manejado por la ley en vez de mantenido por sus bayonetas: “Yo creo que hay una equivocación, cuando se dice que la libertad debe estar basada en la fuerza física, pues ésta habría de durar más o menos tiempo, ya que los ilustres jefes del ejército quieren que se llegue al establecimiento de un régimen legal que sirva de pedestal de la libertad y la justicia.”.54
En razón de lo anterior, se mostró (al igual que Manuel Quintero) partidario de los fueros siempre y cuando gozasen de ellos los activos, pues su persistencia en los retirados representaba un elemento más de desigualdad en una sociedad supuestamente con semejanza en oportunidades y ante la ley: “¿Acaso hay alguna nación que deje con fueros a los militares? Jamás en las naciones más libres dejan esos fueros, y no vamos a establecer un principio de excepción en Venezuela. Yo creo que abolir ese fuero con respecto a los militares que no estén en servicio activo, no solamente es conveniente a la consolidación del país, sino que para todos es beneficioso.”55,56 . En el caso de alojamiento forzoso a las tropas en casas particulares durante movilizaciones, pidió varias veces que solo fuese posible hacerlo durante un acto de guerra.57
Prefirió la existencia de milicias organizadas a la de ejércitos numerosos. En junio de 1830 así lo expresó: “Adams y Jefferson han dicho que la milicia nacional es el sostén de las libertades públicas; la milicia nacional bien establecida calma las conmociones interiores estando sujetas a la magistratura”: esto en franca referencia a lo propuesto por estos autores estadounidenses58; en el mismo documento reveló que no estaba de acuerdo con que dependiesen del Ejército -para ello tomó como ejemplos a Estados Unidos y a Inglaterra-, sino de la administración nacional o regional y con posibilidad de convocatoria según necesidad nacional: “Así la milicia nacional no pertenece sino a la Nación misma; los soldados son ciudadanos armados al servicio del Estado, y a la verdad que aquí no ha habido nada de eso; por lo cual estoy convencido de que mientras no toquemos ese resorte, no habremos hecho nada a favor de la libertad”. Respetuoso de la fuerza armada regular, completó el punto: “Yo me tendría por un blasfemo si tratase de tachar los grandes servicios del Ejército: solo elogios merece su conducta; más si diré, que al mismo se le tienta y se le pone en el caso de prevaricar con tantas exigencias. Yo quiero que los ciudadanos no tengan esos hábitos automáticos, que son muy buenos en campaña; pero muy perniciosos en la paz y que nos harían marchar en sentido contrario a la libertad”.59
Esas milicias debían estar bien entrenadas y no debían tener privilegios para así no provocar los excesos que sí ocurrían con los militares (en esto coincidió con Narvarte): “Serían precisos muchos volúmenes para trazar la historia de los acontecimientos a que ha dado lugar el mal que he señalado; por lo cual, repito, que la milicia debe ser ciudadana, no teniendo por consiguiente necesidad de fuero.”60
Acorde a su convencimiento de que las milicias eran de primer orden para asegurar el normal funcionamiento de un país, escribió en julio de 1830: “Yo creo que la estructura que se puede dar a la milicia es absolutamente indispensable para mantener la independencia, el orden y la magistratura. Meditemos que no es cuestión solo de Venezuela, sino de toda la América; podría decirse que es un clamor exhalado por la opinión universal.”61. Ya en agosto, Vargas propuso darle potestad al Presidente de poder convocar a las milicias no solo cuando el Congreso lo autorizase, sino cuando, en caso de estar en receso, lo requiriese el Consejo de Estado, apoyando así la tesis de que el Presidente por sí solo no las pudiese movilizar.62
Había el antecedente de la Ley del 5 de junio de 1827 acerca de olvido a las acciones de los implicados en los graves disturbios de 1826.63 Vargas se opuso al proyectado decreto de indulto total para los participantes en acontecimientos insurreccionales previos como el de septiembre del año anterior, en Bogotá, en los que se atentó contra la vida del Libertador: “El decreto no tiene objeto, y si alguno tiene, es ponernos en ridículo quitando a los actos de la Convención el sello de severa imparcialidad que debe caracterizarlos. No tiene razón; porque en la palabra “acontecimientos” pueden comprenderse criminales que en nombre de la libertad han cometido atrocidades”64; razonó que Venezuela no tenía por qué perdonarlos si no los había enjuiciado, que se trataba de delitos graves y contra la decencia política, además, solo había uno encarcelado (Carujo, en Puerto Cabello) y uno exiliado en Curazao (A. Level de Goda):
“Si solamente dejamos en pié el del 25 de septiembre, él no comprende sino a una persona ya muy nombrada, por lo cual omito su nombre, y no me parece bien que el Congreso contraiga toda su atención a un individuo que ha expulsado el Gobierno del país, por un motivo muy justo; haciendo ahora lo contrario, la Convención cargará con una responsabilidad terrible. En esta sala se han expuesto todas las razones triunfantes contra ese sistema destructor de todos los gobiernos republicanos. La libertad no es la licencia; y es claro que poniendo un puñal en las manos de un asesino, no cometerá un acto benéfico, sino una atrocidad.”. Insistió Vargas en que el Presidente podía actuar en situaciones de opinión y no de hechos criminales por razones políticas, y que los hechos criminales no debían ser indultados . En esa moción de Vargas, lo apoyaron Peña y Febres Cordero, y al ser rechazada, elaboró su voto salvado junto con Manuel Quintero.
Reprobó que se estuviese tratando en la Constituyente el tema de indultos pues se dio cuenta que solo se referían a ese atentado, aunque luego se le adicionaron otras acciones insurreccionales: “Se ha dicho que no se trata la cuestión con referencia a un hombre, sino a muchos. Acaso porque sea uno o muchos puede justificarse una conspiración, tramada en la oscuridad a mano armada, y de un modo reprobado por todos los principios y por todas las naciones ¿No es lo mismo que el acto malo se cometa por uno que por muchos? Por supuesto que sí. Venezuela no debe su libertad a ese hecho, sino a preceptos muy legales; sus pueblos se han pronunciado por el establecimiento de un Estado soberano; se han contado sus votos y su número afirma que tal es la voluntad de la mayoría. No, aquí no nos ha puesto el acontecimiento del 25 de septiembre, porque después de ese día, el General Bolívar quedó como estaba, con la misma autoridad.”66.
En esa misma sesión, M. Peña, declarando a Carujo como delator de sus cómplices, y a Level de Goda como realista y separatista de oriente, pidió se difiriese indefinidamente el decreto de amnistía para los conjurados del 26 de septiembre, apoyado por Vargas y P.P. Díaz67. Al siguiente día, Vargas fue más enfático ante las explicaciones libertarias que otros daban a las acciones del citado atentado contra Bolívar, rechazando medios abusivos o ilegales aun con fines sublimes: “Con las palabras abajo el tirano, viva la libertad, y a nombre de esas voces sagradas se han perpetrado toda case de crímenes. En nombre de Dios también se han cometido crímenes, o sacrilegios, pues lo son tomar la Divinidad para hechos malos”.68 Finalizó este punto con la aprobación, una semana más tarde, del decreto, aunque con votos salvados de Vargas, Peña y Díaz. Es de hacer notar que la reticencia de Vargas no era solo por Carujo, sino porque el decreto de amnistía contenía partes que invalidaba y reformaba leyes vigentes, lo que era inapropiado por las razones previamente expuestas: “porque en las amnistías se trata de olvidar crímenes cometidos y no de derogar leyes anteriores”.69
Dos semanas más tarde consideró que en caso de otorgarse el perdón, no era lógico que las fuerzas armadas preservasen privilegios y los civiles no, y dado que el gobierno podía decidir las plazas en donde se ubicaban los militares según las necesidades del país, guardaría todas las formas usuales si mantenía grados y cargos más no tales destinos para así no sentirse amenazado con nuevas intentonas70; también se refirió a que muchos de los pueblos que acompañaban a las facciones armadas eran bajo el temor de represalias si no se enrolaban, por lo que luego de juzgados y perdonados no era lógico los militares conservasen todo y los civiles perdieran sus empleos, así que en concreto pidió que para todos se conservasen los cargos mas no el sitio en donde desempeñarlos, reafirmando su postura de castigo a los alzados pero dentro de un rango razonable:
“Hago esta manifestación, porque no me parece justo que en el Decreto de amnistía se establezcan desigualdades en la posesión de los destinos, y porque deseo que se adopte una cláusula para la deposición aplicable aquí en Venezuela. En atención a la mala conducta de los empleados. Veo que la proclama de S.E. a los pueblos insurreccionados dice que serán respetados los pueblos, porque se supone que estos son arrastrados u obligados por los militares; entra un Comandante a Guarenas, por ejemplo, y grita: Viva la Revolución, y los habitantes siguen por temores el movimiento; de modo que si luego aparece otro proclamando lo contrario, también es acompañado; de lo que deduce que son los militares los que dan origen a estas perturbaciones del orden. Se ve, pues, que son éstos los más culpados, y si a ellos se les conserva en sus empleos y a los civiles no, se cometería una injusticia. Además, entonces no sería amnistía, porque ella es un olvido de lo pasado; déjese a ambos los empleos y quítesele los destinos o comisiones.”71
Concluye más adelante: “Brevemente voy a exponer las razones en que fundo mi proposición: negar la conservación de los empleos civiles y militares, es negar las bases de la capitulación y dejar en descubierto al Jefe que la ha hecho; él ha sido autorizado por el Gobierno; les ha garantizados los empleos y propiedades, ofreciendo que quedarían en el estado en que se hallaban antes de los acontecimientos, de modo que, con arreglo a la justicia, debe conservárselos en sus propiedades y empleos; ahora, negarles los destinos me parece una medida de rigurosa moralidad, tanto más cuanto que no tienen derecho a ellos, pues pueden ser removidos en cualquier ocasión, no solo el mismo Bustillos, sino algún empleado civil cuando lo crea conveniente el Gobierno; pero no está en el orden que se les desposea de sus empleos.”72 Lorenzo Bustillos era el Comandante que había participado en el alzamiento de mediados de 1830, y luego en 1831.
Dado que ya se había decidido que los militares conservasen puestos y ubicaciones de trabajo una vez fracasados sus intentos de revolución, Vargas pidió que los civiles alzados también debieran tener ese beneficio ; y en justicia, luego se opuso a que si había perdón para todos los que se hubiesen insubordinado (en el decreto que se preparaba), se impidiese a los facciosos volver con sus familias: “Si se hace una ley para las personas, yo creo que no debe hacerse semejante excepción.”74; la finalidad del trato justo que pidió para los alzados entonces la expresa: “Estas revoluciones se destruyen de un día a otro, pues en el país están triunfando los principios y el mejor modo de asegurar esos principios es marchar siempre por la senda de la razón y la justicia” ; es decir, nuevamente la conveniencia y no la conciencia.
Los casos de desafección al gobierno y/o al país (desconfianza y oposición activa de un sector de la población hacia el poder establecido, por conflicto de intereses y necesidades insatisfechas), en este caso, alzamiento armado con miras a sustituir mandatarios por la vía violenta, le ocuparon los días 28 de julio y 7, 8 y 9 de agosto, estimando que solo debían juzgarse si la seguridad nacional estaba comprometida, pues de otro modo se trataba de opiniones libres a las cuales se tenía derecho: “Yo puedo conversar contra los principios con dos o tres amigos y por eso no soy un faccioso, no soy un criminal. A un hombre no se le puede atormentar en sus opiniones”76; y que no debían ser discrecionales los procedimientos, sino apegados a la ley, previstos en ella:
“El Consejo de Gobierno será el que juzgue de esto y será una garantía para que no se cometan injusticias. Cuando no hay esas pruebas que establece el artículo, no queda sino el criterio del juez y entonces no creo que haya justicia cuando sólo es por el parecer. Si los Gobernadores pueden extrañar del país o pueden informar al Gobierno sin que se necesiten pruebas, yo aseguro que todos los amigos van a salir del país, y no saldrán los desafectos, aquellos que han sido verdaderamente enemigos” ; luego dijo: “Cualquier hombre que no coincida con nuestras ideas ya nos disgusta y puede ocurrir que se castigue a los que no nos gusten. Yo invoco los principios de humanidad, los principios de justicia que están en el corazón de los honorables diputados. Acordémonos que no estamos legislando para el momento, sino para toda la vida y que no es solo conforme a los principios de justicia, sino también a los principios de humanidad.”78; pidió que estos casos los estudiase el Consejo de Gobierno.79
A mediados de agosto, insistió en que el extrañamiento del territorio a un venezolano debía hacerse mediante el Consejo de Gobierno asesorando al Jefe de Estado, es decir, que no fuese ésta una atribución del Presidente, pues rechazaba la omnipresencia del Ejecutivo en funciones que no le eran propias: “Yo no sólo creo que es contrario a los derechos de los ciudadanos, sino también inconveniente con las atribuciones de este Congreso que el Jefe del Estado pueda extrañar del territorio a un venezolano, y para que no use de esta autorización se ha puesto que no lo puede hacer sin consentimiento del Consejo de Gobierno, y con razón porque es uno de los mejores derechos de los ciudadanos y la suspensión de ese derecho sería una excepción a la ley general, que no se quiere dejar exclusivamente al Jefe del Estado.”
Vargas no era partidario de revoluciones sino de respeto y obediencia a la Ley: “Ciertamente que el respeto que profeso a las opiniones de los diputados que han emitido su criterio a este respecto, me hace proceder con timidez; pero yo considero como un principio sacrosanto que es menester cortar la cabeza a la revolución, que es menester destruir el monstruo de la revolución, en vez de engrosarlo, y para cortar la cabeza de raíz no hay otro modo que lanzarse por el camino recto, que es el restablecimiento del imperio de la Ley”80 Aunque no promovió la pena de muerte tampoco se opuso a ella, opinó que su conmutación debía ser por decisión conjunta de Corte Suprema de Justicia y Consejo de Gobierno y no una decisión del Ejecutivo: “Estoy pues, porque sea de acuerdo con las dos corporaciones y si hay un individuo que ni la Corte ni el Consejo de Gobierno ha querido darle el perdón, estará bien ahorcado”81
A fines de ese mismo mes de agosto, razonó mejor ésta oposición a que el Poder Ejecutivo decidiese sobre la desafección y sobre su penalización, en el sentido de defender al individuo frente al Estado, porque la ley podía resolver la cuestión, y por ser Vargas contrario a la presencia de poderes especiales en el Presidente dadas las malas experiencias de esto en el pasado reciente:
“Salvé mi voto en la admisión del decreto autorizando al Ejecutivo para extrañar del país y confirmar a los desafectos contra la causa de Venezuela: 1º, porque he creído que expone la libertad de los ciudadanos a los abusos del Poder; 2º, porque habiendo en el proyecto de Constitución que ha pasado ya por dos discusiones cuanto basta para precaver las consecuencias de la sedición, juzgo más propio atenernos a los principios que dictar Leyes de circunstancias; 3º, en fin, porque han sido las facultades extraordinarias las que han hecho tanto mal a Colombia, por ellas se hizo la Revolución de Venezuela, para sostener la libertad contra la opresión cualquiera que sea el opresor, y para conseguir todos los beneficios que de ella además pueden derivarse, es que se ha congregado este cuerpo de representantes dispuestos a marchar por la senda de los principios cualquiera que sea el peligro que tenga que arrostrar.”82 También intervino en lo relativo a requisitos para la conmutación de pena capital por parte del Ejecutivo según conveniencia nacional. No se discutió si debía existir la pena de muerte o no, sino las limitaciones que debía hacerse al Poder Ejecutivo para que la aplicase discrecionalmente.83 Todos los aspectos antes señalados nos muestran a un Vargas buscando justicia a través de la legislación, al basarse en Derecho Natural para elaborar el Derecho Positivo nacional.
En cuanto a la dureza de algunas penalizaciones por delitos, dudó de la eficacia para su prevención, pues la administración de justicia era deficiente:
“No emitiré mi opinión acerca de la conveniencia o inconveniencia de espantar a los delincuentes con leyes crueles, porque no entra para nada en mis miras; pero sí diré que esas leyes eran ineficaces y que a su sombra muchos crímenes quedaban impunes, pues al través de trámites judiciales y de una porción de fórmulas, decidían de su aplicación la conducta de los empleados. Por estos motivos me parece que en estos momentos debemos considerar si es mejor reformar la dureza de estas leyes que derogarlas, a fin de que el crimen no continúe acabando con el Estado, por tratar de averiguar si el legislador se dejó persuadir por deseos de sangre o sólo del de reformar”. En la misma intervención, continuó con las leyes y los delitos: “Así como nosotros solo buscamos el bien del Estado, yo no deseo que se deroguen, sino que, teniendo por norma aquél y que los delitos no queden impunes, las reveamos haciéndolas menos crueles. No olvidemos que no solamente son perjudiciales a la moral pública, sino que tienden a la destrucción de la sociedad.”84
Cuando se trató a los delitos comunes en la Constituyente de 1830, Vargas, rechazando la impunidad, no estaba dispuesto a dejarlos sin castigo –sobre todo el hurto- porque afectaban los derechos civiles, naturales, la moral y las costumbres de los ciudadanos: “Me precio de que nadie me excede en sentimientos de compasión hacia los desgraciados; pero confieso en la actualidad que no tengo muy buenas disposiciones para dejar impunes a los criminales; hablo de aquellos que con sus hechos atacan la moral y las costumbres, ofenden al ciudadano en sus derechos civiles y aun naturales.”85
No obstante, pidió hubiese una clasificación de reos: “No por favorecer a los criminales vayamos a echar fuera de los presidios y cárceles a una multitud de ellos que plagarán y escandalizarán el país con sus hechos. Yo los compadezco y mucho más a aquéllos que por crímenes más leves sufren todos los horrores de una prisión y quisiera se estableciese en las leyes una justa distinción del mayor o menor grado de culpabilidad; pero, repito, que temo mucho que el Congreso con esta medida vaya a dejar impunes a muchos.”86
Luego, deja ver que no está con el castigo buscando regeneración, sino prevención: “Fundado en principios o sentimientos de compasión es que he emitido la opinión de que no debemos hacer extensiva esta medida al delito de hurto u otros de igual gravedad; porque es incuestionable, señores, que sólo por medio de leyes vigorosas se pueden cortar de raíz los males que acarrean a la sociedad”. Refiriéndose al hurto en el Viejo Mundo, continuó así: “En Europa, donde hay más malicia, más miseria y en fin otras muchas circunstancias que cooperan a la perpetración de este crimen, es donde es más difícil el desarraigarlo, al paso que nuestro país se halla realmente, permítaseme la expresión, en un estado virginal; pero en Caracas mismo en años pasados hubo hurtos con asesinatos. Se hicieron algunos ejemplares y no fue bastante para que se acabaran. Estamos obligados a salvar de estos males la generalidad de la Nación, castigando unos pocos. Así, no estoy por ese indulto”87. Consciente de la diferencia entre delitos comunes y políticos, y refiriéndose a la lucha aislada de Cisneros dijo en esa misma exposición de no admisión del indulto:
“La oposición que se hace a esta moción consiste sólo en que la ley es demasiado fuerte, y que no presenta una justa distinción entre la gravedad de los delitos, indultándose ahora a algunos como, por ejemplo, los facciosos que han cometido otros mayores, pero la gran diferencia es que si el Gobierno tuviese a uno de esos facciosos cargado de otros crímenes en la cárcel, no lo pondría en libertad; pero como tienen las armas en la mano y están haciendo daños incalculables al Estado, es claro que para evitar estos males es que se les ofrece este indulto. Lo mismo sucedería con Cisneros: todos sabemos los crímenes que ha cometido y los males que ha causado a la Nación; pero para que no continúe efectuándolos se le ofrece el indulto. ¿Podrá, pues, decirse lo mismo respecto a un ladrón que está preso? No, señores, porque con el castigo de éste lo que tratamos es de prevenir los crímenes, esto es, que no se perpetren más.”89.
Dos meses después, pidió que en casos de contrabando, no se confiscara toda la carga del buque incurso (como lo había dispuesto anteriormente el Libertador Presidente) sino se aplicase multa equivalente al doble del valor de lo decomisado por el fraude adicionándole las costas procesales. El 26 de junio, defendió la penalización al contrabando del tabaco, pues era una importante entrada de dinero al gobierno para su funcionamiento: “El principio que ha obligado a los Gobiernos a estancar o prohibir el libre comercio de ciertos efectos de industria agrícola, es porque estos mismos efectos entran a forma con las contribuciones del Estado.”91
Se opuso a los juicios por jurado en causas criminales pues hacían falta con conocimiento del Código Civil y del Código Criminal; por otra parte, no había recursos para el pago de dietas a los jurados en todo el país, pues los juicios así debían efectuarse en el lugar del delito, y la verdad es que ni siquiera había juzgados suficientes en Caracas. En cambio, estuvo de acuerdo en que esos juicios hacían mejor la administración de la ley: “El juicio por jurado es más justo, más conveniente aun en el estado en que se halla nuestra población, pero se necesita una ley muy exacta para poderla aplicar, y además, para averiguar si el hecho está comprobado o no, se necesita una especie de ilustración universal que todavía no tenemos; se necesita cierto grado de ilustración dentro de la escasa población de nuestro país, incluso a los testigos, si no se les paga, sería necesario cogerlos a soga.”92. Al día siguiente, su opinión acerca de la administración de justicia en el país, fue de rechazo total: “Aborrezco tanto como cualquiera la administración de justicia en nuestro país, y así como he oído en esta Sala votos de reforma contra los abusos del poder, debe haber también votos de reforma contra el Poder Judicial”.93 Es decir, que así como creía en la ley como indispensable para la convivencia, también era convencido que para ello, aquella debía adecuarse al momento histórico.
José María Vargas contribuyó activamente en la elaboración de la Constitución de 1830, con una clara tendencia hacia las formalidades en el trabajo como constituyente que, al igual que en el resto de su vida particular, le daba el peso que debía tener cada artículo de la Ley Fundamental en construcción, sin desviaciones, pendiente que esa Carta Fundamental debía ser lo más amplia posible y no adentrarse en las particularidades que correspondían a leyes específicas.
En varias discusiones de seguridad, salvó su voto en relación a no estar de acuerdo con algunos argumentos aprobados en este Congreso Constituyente: expulsión del Libertador Bolívar como condición para negociar con el Gobierno de Bogotá (25 de mayo, 28 de mayo y 2 de junio), a no incluir indultos de conspiradores dentro de amnistías ni modificar leyes en esos instrumentos jurídicos (25 de junio), a liberar a los que atentaron contra Bolívar en 1828 en Bogotá pues no era Venezuela quien los había juzgado y tendía a justificar inmoralidad política (16 de julio), a que la expulsión de la patria a enemigos de los gobiernos dependiese solo del Poder Ejecutivo pues la ciudadanía quedaba expuesta a abusos del poder constituido (31 de agosto), y a que los Diputados constituyentes no podían viajar fuera del país mientras el Gral. Bolívar permaneciese en Colombia (22 de septiembre).
Transparente en sus ideas, no escondió su convicción antiseparatista y pro bolivariana, aun cuando con frecuencia se le contrarió durante las sesiones por ésta postura. A quienes no favoreció en los debates (Mariño, Carabaño, Level de Goda, Carujo) luego participarían, como reformistas, en el golpe de estado que perpetraron contra él al ser el primer Presidente civil cinco años después. Usó diversas argumentaciones para promover la paz con la Nueva Granada, predominando en ellas no las de carácter de cercanía, hermanamiento o de Historia, sino utilitarista, por el movimiento económico que ya existía entre ambos países, y por lo práctico que resultaban buenas relaciones con un vecino que compartía una larga frontera común con problemas también comunes. Contribuyó a evitar conflictividad armada con Nueva Granada al convencer a sus compañeros de no condicionar la paz al reconocimiento de la separación, y al no apoyar, basándose en el Derecho de Gentes, a las peticiones que hubo de anexarse al territorio venezolano por parte de habitantes de Nueva Granada (Casanare, Pamplona, Goajira), pese a la posición beligerante favorable del Gral. Mariño, destacado en la frontera oeste.
Notoriamente, apoyaron a Vargas en sus intervenciones sobre Casanare: Bartolomé Balda, Pedro Pablo Díaz, José Manuel Landa, José Grau, José Luis Cabrera, Francisco Toribio Pérez, José María Tellería, Francisco Avendaño, y Manuel Urbina; además le apoyaron en la votación -que resultó victoriosa- sobre la no agregación (además de los citados): Carlos Soublette, José Manuel de los Ríos, Vicente Michelena, Ramón Ayala, Miguel Peña, Juan de Dios Picón, y José Eusebio Gallegos: casi todos sus aliados en adelante.
Usando razones de países separados, pidió no pronunciarse sobre el indulto a los conspiradores contra el Libertador en 1828 puesto que el delito no se cometió en Venezuela ni fueron juzgados en ella, así que no usó las virtudes de Bolívar para esta opinión, sino razones prácticas, jurisdiccionales, propias de países distintos. Para control de gasto público, se sumó a la opinión de que existían plazas militares costosas innecesarias, y que era mejor, con menor riesgo para las instituciones y costo inferior, el tener milicias entrenadas en vez de un ejército numeroso, y que los fueros militares fuesen solo para los activos, con pensión para los que ya estaban retirados; es decir, su posición no era contra los militares sino contra los privilegios y altos costos que en ello había en un país empobrecido y con una economía tan precaria como la venezolana.
Se mostró contrario al fuero militar en retirados o en las milicias, pues este privilegio era una negación a esa igualdad ante oportunidades y ante la Ley que se suponía la profesaba el gobierno con tendencia de Sociedad Comercial que se instauró en el país desde 1829, ya que tal concesión era más propia de comunidades con separación de clases sociales, esta vez a favor de quienes profesaban la carrera de las armas. El desafuero aprobado provocó descontento entre los militares afectados, quienes desde entonces se mostraron contrarios a tales medidas, que, junto con otras ideas comunes en algunos de ellos como la intolerancia religiosa a favor de la Iglesia Cristiana Católica o el derecho exclusivo a cargos de gobierno para excombatientes, conformaron grupos que más adelante se les conoció como “de las Reformas”.
Su temor en cuanto a estabilidad de gobiernos y presencia de la fuerza armada regular numerosa no era infundado: frecuentes alzamientos militares que, una vez derrotados, eran exonerados de la acción de la justicia e incluso conservaban sus cargos aún a pesar de haber ocasionado pérdidas de vidas humanas; esta situación lo hizo promotor (junto con Domingo Briceño y otros) a tomar a las milicias como idealmente no regidas por la administración militar del país sino a las órdenes civiles regionales.
Diferenció entre delitos políticos y los comunes: a éstos últimos pidió siempre castigo pues consideraba que el impacto que tenían en la vida diaria era mayor (en confianza, seguridad, moral) pues los primeros iban contra gobiernos y los restantes contra la sociedad; pero no apoyó los juicios con jurado por estar consciente de que no había suficientes personas capacitadas para actuar como tales.
Finalmente, el Vargas casi anónimo de 1826, máxima figura universitaria desde 1827 y figura fundamental en las propuestas económicas venezolanas de la SEAP desde 1829, es ya a fines del siguiente año, por su actuación firme y descollante en la constituyente de 1830, una referencia política bien conocida en Venezuela, basada casi exclusivamente en la fuerza intelectual, moral y de trabajo –auctóritas- exhibida durante esos años, fuerza que consolidó en el trienio siguiente, tras el cual participó de forma exitosa en los comicios que le dieron acceso a la primera Magistratura Nacional. Este trabajo honra, más que a un médico, a un sabio que supo aplicar todos sus conocimientos de política, filosofía, economía y legislación, para ayudar a la construcción temprana del Estado venezolano.
- Gil Fortoul J. Historia Constitucional de Venezuela. T. 2. Carl Heymann (Editor), Berlín, 1907. Pp. 7 y 186.
- Villanueva, L. Biografía del Doctor José María Vargas. Facsímil de la edición de 1883, de Ediciones del Rectorado, UCV. Caracas, 1986.Pp. 315-317.
- Dr. José Vargas. Obras completas. Volumen III. Segunda edición. Homenaje del Congreso de la República. Caracas, 1986. Documento Nº 181, del 21 de octubre de 1829. P. 355.
- Actas del Congreso Constituyente de 1830. Sesión del 13 de enero de 1830. Ediciones del Congreso de la República. T. I. Caracas, 1980. Pp. 79-82.
- Ibídem, P. 79.
- Villanueva, L. Óp. Cít. P. 317.
- Es una carta a J.R. Revenga, el 3 de abril de 1830. Dr. José Vargas. Obras… Volumen III. Óp. Cit. Documento Nº 188. P. 362.
- Díaz Sánchez, Ramón. Guzmán, Elipse de una ambición de poder. P. 153.
- El día del inicio de las sesiones, se presentaron: José Grau por Cumaná; Juan Álvarez y Antonio José Soublette por la provincia de Guayana; José Tadeo Monagas, Eduardo Antonio Hurtado y Matías Lovera por Barcelona; Alejo Fortique, Ángel Quintero, Ramón Ayala, Pedro Machado, José Luis Cabrera, Manuel Quintero, Pedro Pablo Díaz, José María Vargas, Francisco Javier Yanes y Andrés Narvarte por Caracas; Miguel Peña, Vicente Michelena, Francisco Toribio Pérez, José Hilario Cistiaga, Andrés Albizu, José Manuel de los Ríos, José Manuel Landa y Diego Bautista Urbaneja por Carabobo; Juan José Pulido, Bartolomé Balda, Antonio Febres Cordero, Ramón Delgado y Francisco Unda por Barinas; Juan de Dios Picón, Juan de Dios Ruiz y Agustín Chipia por Mérida, y Ricardo Labastida por Maracaibo. Al día siguiente de la instalación se incorporaron los diputados José María Tellería y Manuel Urbina por Coro y José Eusebio Gallegos, Ramón Troconis y Juan Evangelista González por Maracaibo. Posteriormente lo hicieron, entre otros, Juan José Osío por Carabobo, Rafael de Guevara por Margarita, Francisco Conde por Barinas, y S. Navas Spínola por Apure. Actas del Congreso…. T I. Óp. Cít. Sesiones del 6, 7, 8 y 15 de mayo de 1830. Pp. 3-5 y 11.
- Actas del Congreso…. Volumen I. Óp. Cít. Sesión del 19 de junio de 1830. Pp. 128-133.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cit. Sesión del 6 de mayo de 1830. P. 3., y Tomo II, Sesión del 8 de julio. P. 53.
- Actas del Congreso… T II. Óp. Cít. Sesión del 13 de julio de 1830. P. 90.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 26 de mayo de 1830. Pp. 144-145 y 146-150.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 10 de mayo de 1830. Pp. 3, 4, 7, 8 y 22.
- La única intervención registrada de Monagas en este Congreso, es cuando en mayo de 1830 se despidió de las sesiones, expresando que sentía ser más útil como constituyente que dirigiendo tropas, pero que se iba solo por la petición que se la hacía en el Congreso. Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 29 de mayo de 1830. Pp. 33.
- Al regreso, Monagas rechazó las críticas que el Congreso le hizo en razón de hacer acuerdos no estando autorizado para ello, por lo cual no se reincorporó como diputado. Banko, Catalina. Federación y caudillismo en la región Oriental. Ensayos históricos. Vol. 19, Nº 19. Caracas, 2007. Al ser discutido esto, el 28 de junio, Vargas trató de minimizar esa falta, Soublette lo intentó también al día siguiente, sin éxito. Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesiones del 28 y 29 de junio de 1830. Pp. 353 y 364-365.
- Carta a J.R. Revenga, del 28 de mayo de 1830. En: Dr. José Vargas. Obras... Volumen III. Óp. Cít. Documento Nº 189. P. 365. Los alzados eran Lorenzo Bustillos, Julián Infante y otros. En el año siguiente, el Gral. J.T. Monagas participó, junto con Lorenzo Bustillos, Andrés Rojas y otros, en un alzamiento destinado a crear el Estado de Oriente, el cual pretendía unirse de nuevo en la unión colombiana y su manera centralizada de gobernar; Mariño, enviado a combatirles terminó apoyándolos; esos ideales se debilitaron tanto por conocerse la muerte del Libertador a ciencia cierta, como por la movilización armada que hizo el Gral. Páez en su contra. Se selló la paz en Valle de la Pascua, era la Revolución Integrista de 1831. González Guinan F. Historia Contemporánea de Venezuela. Tomo II. Ediciones de la Presidencia de la República. 2ª edición. Caracas, 1954. P. 194.
- Aunque de tendencia antiseparatista, Vargas propuso que si Venezuela era nación aparte, no podía ni tenía derechos para dar órdenes a otro país como lo era para ella Nueva Granada, que no se debía supeditar las discusiones a la presencia o no de una persona en un país vecino, que no se debía amnistiar a convictos cuando ni habían sido juzgados en Venezuela ni estaban en prisión, etc. Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesiones del 19 mayo 1830, P. 13; 25 de mayo de 1830, P. 17; 28 de mayo de 1830, Pp. 29 y 30; y 14 de junio de 1830, P. 236.
- En la primera elección, los resultados fueron: M. Peña 11, Vargas 8, Picón 6, Narvarte 3, Grau 2, Osío, Ayala y Gallegos un voto cada uno; en la segunda votación, Vargas 20 votos y Peña 13. Actas del Congreso… T II. Óp. Cít. Sesión del 6 de julio de 1830. P. 37.
- Actas del Congreso… T II. Óp. Cít. Sesiones del 6, 7 y 8 de julio de 1830. Pp. 40, 43, 48-49 respectivamente.
- Actas del Congreso… T II. Óp. Cít. Sesión del 7 de julio de 1830. Pp. 43-52.
- Actas del Congreso… T III. Óp. Cít. Sesión del 6 de agosto de 1830. P. 43.
- “Habiendo una porción de decretos pendientes, y otros asuntos, creo que sería imposible despacharlos ni en seis meses, por la corta duración de las sesiones, y así voy a proponer que, o éstas se prorroguen por el tiempo que se considerase necesario, o bien que haya sesiones extraordinarias por la noche”. Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 4 de junio de 1830. P. 65.
- Su petición del 12 de junio resume esa tendencia suya en pro del uso adecuado del tiempo: “Es un deber penoso para la Presidencia el tener que dirigir el debate cuando las opiniones no se contraen a la cuestión. Se hacen discursos muy luminosos que pueden ser interesantes en otra ocasión; pero no extrañen los señores diputados que les diga con bastante pena que ellos a nada conducen ahora, pues se trata de considerar la moción que se ha presentado de que estos artículos pasen a una Comisión, para que proponga al Congreso proyectos de decretos sobre la materia cuya proposición equivale a la de diferir. Debe, pues, contraerse a ella la discusión”. Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 12 de junio de 1830. P. 224.
- Acta de la Junta General del 13 de marzo de 1828, aparecen como presentes: Rector, Vicerrector, y los profesores: José Ángel Álamo, José Antonio y Nicolás Anzola, Carlos Arvelo, Tomás Francisco Borges, José Joaquín González, Felipe Fermín Paúl, José Joaquín Hernández, Nicolás Milano, Tomás José Hernández Sanabria, Valentín Osío; firmantes: el Rector (Vargas) y el Vicerrector (José Alberto Espinosa). Doctor José Vargas. Obras… Volumen IV. Óp. Cít. Documento Nº 353 del 13 de marzo de 1828. Pp. 243-245.
- Documentos para los Anales de Venezuela. Tomo séptimo. Academia Nacional de la Historia. Imprenta y Litografía del Gobierno Nacional. Caracas, 1889-1890. Pp. 264-265.
- Ibídem. P. 264.
- Ibídem. P. 265.
- Ibídem. P. 266.
- Ibídem. P. 268.
- Ibídem. Pp. 268-269.
- Ibídem. P. 269.
- Ibídem.
- Ibídem. P. 270.
- Ibídem. P. 271.
- Ibídem. P. 272.
- Ibídem. P. 273.
- Dr. José Vargas. Obras… Volumen III. Óp. Cít. Documento Nº 196. 28 de mayo de 1830. Pp. 363-364.
- Es el documento “Comunicación del Gobierno manifestando que el Jefe de Vanguardia, Santiago Mariño, había traspasado los límites demarcados por la Nueva Granada y por tanto era de temer el inminente estallido de la guerra”. En: Actas del Congreso… Tomo I. Óp. Cít. Sesión del 5 de junio de 1830. P. 162.
- Ibídem. P. 60.
- Ibídem. P. 63.
- Ibídem. P. 64.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 25 de junio de 1830. Pp. 326-327.
- Actas del Congreso… T II. Óp. Cít. Sesión secreta del 29 de julio de 1830. P. 179. En esa sesión, Vargas trató de calmar ánimos: “Yo debo hablar con franqueza, diciendo que no debe haber temores. Se nos insulta en la nota que ha sido dirigida al Gobierno, pero no al Congreso, y esto ha de quedar de un modo claro”. Ibídem. P. 181.
- Actas del Congreso… T II. Óp. Cít. Sesión del 27 de julio de 1830. Pp. 171-172, del 29 de julio, Pp. 179-180; y Anexo Documental. Nº 93/121. P. 243.
- Doctor José Vargas. Obras… Vol. IV. Óp. Cít. Documento Nº 492, del 11 de octubre de 1830. Pp. 400-401.
- Doctor José Vargas. Obras… Vol. III. Óp. Cít. Documento Nº 196, del 12 de septiembre de 1830. P. 370.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión Secreta del 11 de junio de 1830. Pp. 211-212.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 19 de junio de 1830. P. 295.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 21 de junio de 1830. Pp. 301-302.
- Doctor José Vargas. Obras… Vol. IV. Óp. Cít. Documento Nº 443, no fechado. P. 337.
- También comentó la situación de la plaza de La Guaira. Ibídem. Pp. 338-339.
- Ibídem. P. 339.
- Actas del Congreso…. T II. Óp. Cít. Sesión del 23 de julio de 1830. P. 149.
- Ibídem. P. 150.
- Para el retiro de los castrenses, había sugerido una asignación fija: “Para que los oficiales veteranos del ejército que han dedicado sus mejores años al servicio de la patria, no queden en la mendicidad, debe proporcionárseles a cada uno la mitad de su sueldo, con la expresa condición de que si son llamados al servicio están obligados a concurrir.” Doctor José Vargas. Obras… Vol. IV. Óp. Cít. Documento Nº 443, no fechado (presumiblemente a mediados de 1830). P. 339.
- Actas del Congreso…. T II. Óp. Cít. Sesión del 23 de julio de 1830. Pp. 144-145.
- A defense of the Constitutions of Government of the United States of America, escrito en 1787, por John Adams.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 17 de junio de 1830. P. 270.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 17 de junio de 1830. P. 271; y: Tomo II. Óp. Cít. Sesión del 23 de julio de 1830. Pp. 149-150.
- Ibídem. P. 149. Las milicias hasta 1830 estaban regidas por la Ley del 1º de abril de 1826 (“Orgánica de las Milicias”) y la Ley del 3 de mayo de ese mismo año (“Orgánica de la Milicia Marinera”). Cuerpo de Leyes de Venezuela. Con un índice alfabético razonado y referente. Tomo primero. 1830-1850. Imprenta de Valentín Espinal. Caracas, 1851. Pp. 411-421 y 468-470 respectivamente.
- Actas del Congreso… T III. Óp. Cít. Sesión del 7 de agosto de 1830. Pp. 67-68.
- Cuerpo de Leyes… Óp. Cít. Pp. 503-504.
- Voto salvado del Doctor José Vargas, a 16 de junio de 1830. En: Documentos para los Anales de Venezuela. Desde el movimiento separatista de la Unión colombiana hasta nuestros días. Tomo séptimo. Academia Nacional de la Historia. Imprenta y litografía del Gobierno Nacional. Caracas, 1889-1890. P. 301.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 1 de junio de 1830. Pp. 48-49.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 14 de junio de 1830. P. 236.
- Actas del Congreso….T II. Óp. Cít. Sesión del 19 de julio de 1830. P. 124.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 15 de junio de 1830. P. 241.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 22 de junio de 1830. P. 312.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesiones secretas del 28 y 29 de junio de 1830. Pp. 355 y 361 respectivamente.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión secreta del 29 de junio de 1830. P. 362.
- Actas del Congreso… T III. Óp. Cít. Sesión nocturna del 11 de agosto de 1830. P. 363.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 30 de junio de 1830. P. 377.
- Actas del Congreso… T III. Óp. Cít. Sesión nocturna del 11 de agosto de 1830. P. 118.
- Ibídem.
- Actas del Congreso… T III. Óp. Cít. Sesión secreta del 8 de agosto de 1830. P. 85.
- Ibídem.
- Actas del Congreso… T III. Óp. Cít. Sesión nocturna del 14 de agosto de 1830. P. 143.
- Actas del Congreso… T III. Óp. Cít. Sesión Secreta del 9 de agosto de 1830. P. 87.
- Actas del Congreso… T II. Óp. Cít. Sesión secreta del 22 de julio de 1830. Pp. 141-142.
- Actas del Congreso… T III. Óp. Cít. Sesión del 7 de agosto de 1830. P. 72.
- Voto salvado del Doctor José Vargas, a 31 de agosto de 1830. En: Documentos para los Anales… T séptimo. P. 329.
- Actas del Congreso… T III. Óp. Cít. Sesión del 7 de agosto de 1830. Pp. 71-72.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 22 de junio de 1830. P. 312.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 26 de junio de 1830. P. 338.
- Doctor José Vargas. Obras… Vol. IV. Óp. Cít. Documento Nº 486, del 21 de septiembre de 1830. Pp. 396-397.
- Actas del Congreso… T I. Óp. Cít. Sesión del 26 de junio de 1830. P. 339.
- Actas del Congreso… T III. Óp. Cít. Sesión del 16 de agosto de 1830. P. 152.
- Actas del Congreso… T III. Óp. Cít. Sesión del 17 de agosto de 1830. P. 156.